DS(C) nº 241/5 del 15/6/2001









Orden del Día:




1. Elección del Secretario de la Comisión.

2. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar en la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.

3. Elaboración del Dictamen de la Comisión en la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta y cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, abre la sesión y comunica las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. Elección Secretario.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para proponer candidato.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, somete a votación la propuesta de candidato. Es elegido don Antonio Losa Torres como Secretario de la Comisión.

 **  Segundo punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia PpL 4-I.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, de acuerdo con el Artículo 113.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 **  Tercer punto del Orden del Día. Elaboración Dictamen de la Comisión PpL 4-I.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, somete a debate y votación las Enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para su debate en Comisión, así como el articulado, Disposiciones, Exposición de Motivos y Título de la Ley.

 **  En el debate intervienen los Procuradores Sres. Rad Moradillo y Herreros Herreros y Sra. Fernández González (Grupo Mixto); Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular); y Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas veinticinco minutos.




Texto:

(Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta y cinco minutos.)


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene alguna sustitución que comunicar a esta Presidencia? ¿Señor Vázquez?


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señora Presidenta. Doña Arenales Serrano sustituye a don Emilio Arroita.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. ¿Señor Benito?


EL SEÑOR .....:

(Intervención sin micrófono).


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Sí, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Luis Domingo González a don Roberto Jiménez.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Sí.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, señora Presidenta. A don José Francisco Martín le sustituye doña Elena Pérez; a don José María Crespo, don Cipriano González; y a don Antonio Losa, don Jaime González.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Benito. Pasamos al primer punto del Orden del Día: "Elección del Secretario de la Comisión".

Se procede a elegir Secretario de la Comisión de acuerdo con los Artículos 40, 34 y 36 del Reglamento de la Cámara. ¿Algún Grupo Parlamentario desea presentar candidato para ocupar la Secretaría de la Comisión? Sí, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí. Presentamos a don Antonio Losa.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

¿Algún otro Grupo desea presentar candidato? Si les parece, sometemos a votación al señor Antonio Losa. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

Votos emitidos: catorce. Votos a favor... votos a favor: cuatro. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: diez. Queda elegido el señor Losa como Secretario de la Comisión.

Pasamos al segundo punto del Orden del Día. Segundo punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León".

De acuerdo con el Artículo 113.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Benito Muñoz, Quijano González, Rad Moradillo, Serrano Argüello y Vázquez Requero. ¿Se ratifica esta designación? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Tercer punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión de la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León".

Artículo 1. No se han presentado enmiendas a este artículo. Artículo 1. No se han presentado enmiendas a este artículo. Sometemos a votación el Artículo 1. ¿Votos a favor del Artículo 1? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Se aprueba por asentimiento el Artículo 1.

Artículo 2. Enmienda número 1 del Procurador don Juan Carlos Rad Moradillo. Se abre un turno a favor. Tiene la palabra el señor Rad Moradillo.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Sí. Gracias, Presidenta. Voy a defender de forma agrupada todas mis enmiendas, porque, básicamente, pues responden a una filosofía, y la filosofía es de que esta iniciativa legislativa popular ha nacido, a pesar del pacto y el consenso -quizá mayoritario- de los dos grandes partidos presentes en la Cámara, pues ha nacido, de alguna manera, sin ese consenso o sin esa unanimidad total, pues, básicamente, porque no se ha buscado. No se ha buscado porque no es buscarla el reunirse públicamente los dos grandes partidos, los partidos mayoritarios, y llegar a un acuerdo público y dar la sensación a la ciudadanía de que todo esto ya estaba cerrado. Y, en fin, el acuerdo cerrado, pues a juicio de los distintos partidos representantes del Grupo Mixto, y en particular de Tierra Comunera, pues está bastante lejos de ser una iniciativa legislativa popular abierta, yo creo que responda a la evolución democrática de nuestro país.

Y, desde luego, pues... aunque es la última de todas las que se producen en distintas Comunidades Autónomas, algunas casi con diez años de diferencia, diez años, incluso bastantes más, pues no es la más avanzada; y, desde luego, a tenor de cómo han sido las experiencias anteriores, pues no resuelve unos miedos atávicos que ya están presentes en el primer texto, en el texto que hace referencia a la legislación estatal. Unos miedos atávicos a que se pronuncie el pueblo, a que se pronuncie la gente por unas vías distintas de participación de la que son los partidos políticos.

Yo creo que este proyecto... Proposición de Ley que se nos trae hoy a esta Comisión, pues, adolece de esos mismos miedos, y con especial referencia a la situación territorial o al problema territorial de Castilla y León. Yo veo que el intentar que esos miedos sigan presentes, que se constaten en una Ley, pues, desde luego, no hace nada para resolver un problema territorial que, si existe, tiene otras fórmulas de solución o... otras formas de abordarle.

Y, muy en concreto, estos miedos se encuentran presentes en el Artículo 2 cuando se establece ese porcentaje mínimo del 1% en los censos de al menos cinco provincias de nuestra Comunidad, de la mayoría de los... de las circunscripciones de Castilla y León. Algo absolutamente absurdo a nuestro entender, al entender de Tierra Comunera, y, desde luego, que incide, pues, muy negativamente en la que puede ser la percepción de esta iniciativa legislativa popular por parte de la ciudadanía.

Yo creo que si el tema lo respaldan treinta mil electores, treinta mil o la cifra que aquí al final reflejemos en consenso por parte de todas las fuerzas políticas, yo creo que es razón suficiente como para que el tema se trate en el Parlamento Regional. No entendemos que haya un tema que suscite la voluntad de treinta mil, o veinte mil, o los que sean, electores que sea despreciado ya por... directamente por el Parlamento Regional.

Y, desde luego, también los temas territoriales están presentes en la idea de las personas. Muchas gentes pueden estar o no estar de acuerdo con un modelo territorial. Y eso no es razón para que ese modelo territorial automáticamente, pues, no se discuta.

Otro... otra iniciativa que planteamos es una modificación al Artículo 3, en lo que se refiere a la iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos.

Entiendo que si la legislación es tan restrictiva para los ciudadanos, por lo menos no debiera dar lugar a que pudieran existir una vía encubierta, pues, de tratar determinados temas o que determinados temas fueran llevados con mucha más facilidad por parte de los Ayuntamientos a su debate parlamentario.

Nosotros pretendemos que se modifique el término "mayoría absoluta" por el término "unanimidad". De alguna manera, entiendo que es un paso más restrictivo en la Ley, pero es un paso que por lo menos hace iguales a los ciudadanos. Ésa ha sido la filosofía de Tierra Comunera al plantearlo. Puede ser una filosofía que -como se vio en el debate en Ponencia-, pues, puede ser más restrictiva, pero nosotros lo que intentamos es que de alguna manera se compensen esas restricciones que se ofrece a la iniciativa legislativa popular... se compensen por lo menos el mismo grado de restricciones por la vía de los Ayuntamientos, para que no exista una discriminación en cuanto a la introducción de determinadas cuestiones vía Ayuntamientos que... vía a los ciudadanos.

En el Artículo 4... también me parece un artículo extraordinariamente importante. Yo desde Tierra Comunera las únicas restricciones a temas a tratar o a plantear desde una iniciativa legislativa popular, pues, salvo aquellas que no son competencia de la Comunidad Autónoma -lo cual es lógico-, pues la única sería la... los temas que hacen referencia a nuestro Estatuto de Autonomía. Y únicamente sería la única restricción, porque entiendo que para modificar un Estatuto de Autonomía haría falta un consenso mayor, principalmente un consenso de las fuerzas políticas que están representadas en el Parlamento, tal y como figura en los... en el propio Estatuto de Autonomía. El resto, incluida la ordenación territorial o judicial de la Comunidad, entiendo que puede ser objeto de debate.

En esta misma línea, también modificamos el Artículo 5, en cuanto a que una Proposición presentada por la iniciativa legislativa popular no se podría presentar si existe una Proposición No de Ley previa. Nosotros entendemos que el proceso de recogida de firmas, el proceso de validación de esta iniciativa legislativa popular puede ser un proceso largo desde que se anuncia, y que, desde luego, en el devenir parlamentario, pues, se puede presentar una Proposición No de Ley, desde luego, que tiene un rango inferior a la Proposición que se intenta sacar adelante por la iniciativa legislativa popular, que, de alguna manera, neutralizaría o puede neutralizar todo el trabajo de recogida de firmas.

Y, finalmente, un tema importante que también agrupa dos enmiendas es la defensa... la defensa de la Proposición No de Ley, que entendemos que tiene que estar realizada por el portavoz o por la persona que designe los... los que han tenido esa iniciativa legislativa popular.

Yo creo que el dejar únicamente en el acto de presentar... finalizar este proceso de iniciativa legislativa popular en el acto de presentación de las firmas en el Parlamento y después dejar a los distintos partidos políticos el debate de la misma, pues es algo insuficiente. Yo creo que el Parlamento, por lo menos un Parlamento de los tiempos actuales, donde ya, pues, ha habido un considerable camino recorrido, camino democrático, pues yo creo que estamos suficientemente preparados para que en ese Parlamento se puedan escuchar voces que vienen directamente de la calle. Desde luego, nunca... entendemos que la defensa de una iniciativa nunca va a alterar lo que es la voluntad popular y lo que es la representación de las distintas fuerzas políticas, que son al final las que aprueban o deniegan esta iniciativa presentada. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Rad. ¿Algún Grupo desea consumir un turno en contra? Señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. En primer lugar, y... la presentación de las propias enmiendas por parte de los componentes... de los distintos componentes del Grupo Mixto ha venido, en cierta medida, a dar la razón a los Grupos Parlamentarios que presentaron esta iniciativa en que hubiera sido prácticamente imposible un consenso político previo a la presentación de esta propia Ley. Y lo digo de esta forma no por la entidad en sí, o por el número de enmiendas, o por el contenido de las mismas, sino por la heterogeneidad de esas enmiendas de cada uno de los partidos y de los grupos que componen el Grupo Mixto.

Es decir, tampoco hubiera existido, como se ha demostrado en la presentación de las enmiendas parciales al texto, una unanimidad o una hetero... una homogeneidad en lo que se refiere a la propia presentación de las enmiendas por los miembros del Grupo.

Y, por lo tanto -como digo-, esto viene a dar la razón de que hubiera sido prácticamente imposible un consenso político previo en la presentación de esta Ley, como nos hubiera gustado, por otra parte, a este Grupo Parlamentario, por parte de todos los Grupos de la Cámara.

Y esto es así, y esto viene también a dar la razón en lo que se refiere al propio proceso de desarrollo del Estatuto de Autonomía, en el que una de sus facetas ahora estamos contemplando. Y lo digo claramente porque -como Sus Señorías saben- en el proceso de reforma de nuestro Estatuto de Autonomía, y que culminó en la modificación del año noventa y ocho, efectivamente, se tuvo conversaciones -como no podía ser de otra manera en ámbito parlamentario- con todos los Grupos. Estas conversaciones no culminaron en un acuerdo total de todos los Grupos Parlamentarios y de todos los partidos representados en ese momento, y tampoco esta iniciativa legislativa, que constituye un desarrollo del propio consenso estatutario que se alcanzó en el año noventa y ocho, tampoco -como decimos-, aunque en muy menor medida, no ha supuesto o no... no debería haber supuesto ningún consenso previo en lo que se refiere a la posibilidad de presentar por todos los Grupos de la Cámara una iniciativa conjunta de desarrollo estatutario.

Y esto es así porque, independientemente y de que, lógicamente, existen distintas sensibilidades en todos y cada uno de los Grupos de la Cámara y en todos y cada una de las fuerzas políticas en ellos representado -como digo-, también se ha demostrado en las distintas enmiendas, y la naturaleza totalmente heterogénea de las mismas, presentadas a esta iniciativa legislativa.

Entrando ya más directamente en las enmiendas presentadas por el señor Rad, las diez enmiendas que se presentaron, de las cuales quedan ocho para esta Comisión, puesto que en fase de Ponencia dos de ellas fueron retiradas por el propio Proponente, sin ánimo de hacer un análisis exhaustivo de todas y cada una de las enmiendas, porque algunas se pueden agrupar por la naturaleza de las mismas, pero sí distinguiendo claramente lo que son aspectos de democracia representativa -que es... en la sede de la que hoy estamos- de los aspectos de democracia directa, que es lo que queremos regular: la participación directa de los ciudadanos en esta... en estas funciones legislativas, sí que tengo que hacer algunas apreciaciones en este sentido.

Como sabemos, pues la democracia en el sistema constitucional y estatutario en el que estamos inmersos, hasta ahora, en nuestra Comunidad Autónoma existen dos vías de iniciativa legislativa, que están constituidas -como en toda España- por las iniciativas de los Gobiernos y de los Parlamentos Autonómicos. Con esta iniciativa legislativa, lo que se pretende dotar esta Comunidad Autónoma es de una tercera y de una cuarta vía de iniciativa legislativa. No sólo la tercera vía, sin ponerla, lógicamente, ningún tipo de orden de preferencia con respecto a las demás de iniciativa legislativa popular, es decir, de los ciudadanos, de la participación directa en la iniciativa de la elaboración de las leyes, sino también de la cuarta iniciativa, que sería la participación... -y que esto sí que constituye, en cierta medida, una cuestión novedosa con respecto a otras Leyes de Iniciativa de otras Comunidades Autónomas- la participación en esta iniciativa legislativa de los propios Ayuntamientos, es decir, de las Corporaciones Locales en las... de las que en esta Comunidad Autónoma tenemos los más abundantes ejemplos en número de todas las Comunidades Autónomas de España.

Pero -como digo-, si ya la propia iniciativa legislativa del sistema que ahora tenemos, de democracia directa, tanto en la iniciativa del Gobierno, de la Junta de Castilla y León, como en la iniciativa de las propias Cortes de Castilla y León, tiene sus propios límites, no podemos en ningún momento que estos límites que juegan ya para las otras dos iniciativas legislativas que ahora mismo se pueden ejercer dentro de nuestra Comunidad Autónoma desaparezcan para las iniciativas legislativas que pretendemos poner en marcha para las dos vías que pretendemos poner en marcha con la aprobación de esta Ley. Y me estoy refiriendo no sólo a límites de fondo, sino a límites de forma. Y me estoy refiriendo a algunos límites de los que Su Señoría, el señor Rad, ha presentado determinadas enmiendas a esta Proposición de Ley, esta Proposición de Ley con iniciativa, precisamente, en esas Cortes Regionales, por parte de algunos Grupos; tanto límites de fondo como límites de forma, que no miedos -como han sido calificados por parte del Enmendante-, a determinados artículos y a determinados límites, que tienen que jugar -como digo-, porque también juegan su papel en la propia iniciativa legislativa que ahora se pueden... que ahora se puede efectuar en esta Comunidad Autónoma, tanto de la Junta de Castilla y León como de estas Cortes de Castilla y León.

Y las limitaciones... -como digo- o, si quieren ustedes, llámenlas cautelas legales, porque están también contenidas no sólo en esta iniciativa legislativa, sino en todas las iniciativas de todas las leyes similares que rigen no sólo en la Ley estatal, sino en las leyes de todas las Comunidades Autónomas; estas cautelas legales de forma, también lógicamente -como no podía ser de otra... de otro modo-, se establecen en el propio texto que hoy analizamos. Y están contenidas las cautelas de forma en los Artículos 2 y 3, que son las que se refieren a la propia iniciativa de los ciudadanos, como a la propia iniciativa de los Ayuntamientos.

Y, por lo tanto, desde nuestro punto de vista, son meros límites formales, porque en algún punto, junto con el Artículo 4, que se establecen las causas de inadmisión y la motivación de las mismas, se tienen que establecer los propios límites de que se dota a la iniciativa a estos dos nuevos -por así decirlo- colectivos (los ciudadanos en general y los Ayuntamientos) para que, de forma sistemática -si así lo requieren-, puedan usar la iniciativa legislativa.

Por lo tanto, y por este razonamiento, en principio, quedarían excluidas las Enmiendas 1, 2, 3 y 4, que tienen... que contienen, bueno, pues... que contienen los límites formales expresados en los Artículos 2, 3 y 4, y que con las enmiendas del señor Rad se pretenden aminorar o pretende que desaparezcan estos límites formales.

Y también hay otros límites, también de fondo, que son los expresados en el Artículo 4, y que son similares a... -como digo- a otras leyes de otras Comunidades Autónomas y de todas... y, por supuesto, de la ley matriz o de la ley de todas, que es la primera que se produjo, que es la Ley estatal.

Independientemente de estas modificaciones, ya expresamos en fase de Ponencia -puesto que estuvo en la misma- al señor Rad nuestra oposición a la Enmienda número 2, que es el del Artículo 3, y a la Enmienda número 9, del Artículo 18, por las que se pretende que la mayoría absoluta que se requiere en cualquier Pleno de Ayuntamiento para que se inicie la... bueno, pues la creación o la iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos, se transforme en unanimidad. En este caso sí que existe un verdadero límite prácticamente infranqueable -a nuestro juicio- en estas enmiendas para que un Ayuntamiento se pronuncie a favor de una iniciativa legislativa en cualquier sentido, puesto que hace depender de un solo voto, lo cual no pasa en ningún otro acuerdo municipal, de que por un solo voto, muy digno y muy bien representado, de un Concejal se bloquee una iniciativa que quiera la inmensa mayoría de esa Corporación Municipal poner en marcha.

Por lo tanto, aparte de las razones que le he expresado, muy especialmente, tanto la Enmienda número 2 como la Enmienda número 9, no nos parece sino que lo que hace es limitar más los límites que usted quiere que desaparezcan en otro tipo de enmiendas. Es decir, si una propia Corporación Municipal, ni siquiera en la aprobación de su presupuesto y ni siquiera en cualquier tipo de elección o de cualquier tipo de adopción de acuerdo, no se exigen nunca para nada, para ningún asunto, ninguna unanimidad en cuanto a la toma de decisión y de acuerdo de esa Corporación Municipal, para un asunto tan importante como es poner en marcha una iniciativa legislativa que quiera esa propia Corporación Municipal, nos parece que incluso... Podríamos aceptar que se rebajara el límite, es decir, que incluso fuera mayoría simple; pero ya que en la Ley, en la propia Proposición, se exige mayoría legislativa para ponerla en marcha, no entendemos que usted quiera subir esa mayoría... mayoría absoluta a unanimidad de la Corporación Municipal para poner en marcha una iniciativa legislativa por parte de ese Ayuntamiento.

Es decir, eso sí que creemos que es un límite prácticamente infranqueable, y no, ni mucho menos, el número tanto de firmas como de Ayuntamientos que se exigen en esta propuesta para poner en marcha una iniciativa legislativa tanto de los ciudadanos como de los Ayuntamientos.

Y en... Otro... otra serie de cuestiones, ya he dicho que sin ánimo de ser exhaustivo, pero sí en algunas enmiendas parciales, como es las referidas... la Enmienda número 8 y la número 10, referidas a los Artículos, respectivamente, número 15 y número 21, tampoco estaríamos de acuerdo en que la Comisión Promotora que interviniera en esa iniciativa legislativa popular o de los Ayuntamientos se constituyera -por así decirlo-, durante la tramitación de esa iniciativa, en un Grupo Parlamentario más que interviniera en el debate de la Cámara, tanto -como dice usted- con las mismas funciones y con los mismos tiempos que cualquier Portavoz de cualquier Grupo Parlamentario.

Nosotros creemos que ésta es una iniciativa -como digo- de tercera y cuarta vía, que no... en el tiempo, pero que no de tercera y cuarta categoría; eso que quede bien claro, porque las iniciativas legislativas -a nuestro juicio-, las cuatro, las dos existentes y las otras dos que se piensan poner en marcha, tienen la misma categoría, porque desembocarían en una aprobación de una ley del mismo rango. Pero sí que no podemos aceptar que -como digo- para la tramitación de este tipo de iniciativas la Comisión Promotora sustituya la representación, es decir, el sistema institucional de que nos hemos dotado en democracia representativa. Solamente sería para la iniciativa. La tramitación parlamentaria -a nuestro juicio- no debe de ser distinta de cualquier otra... texto que desemboque en una ley.

Y, por lo tanto -como digo-, y por estas razones más concretas, también rechazaríamos estas enmiendas, que, en principio, por lo tanto, sí que mostramos nuestra oposición a las ocho enmiendas que superviven o que todavía están vivas del señor Rad en esta materia. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de réplica, señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Bien. Gracias, señora Presidenta. Pues voy partes. Y hablando, primero, del consenso político previo, ¡hombre!, es evidente que somos muy distintos, y más... la heterogeneidad es mayor en el Grupo Mixto. Yo entiendo que ustedes, los partidos -digamos- centralistas tienen bastantes cosas en común, y para acuerdos de Estado, pues, también saben entenderse (acuerdos de Estado o su reflejo pálido en nuestra Comunidad Autónoma). Yo no voy a pretender nunca firmar acuerdos con los que no esté plenamente de acuerdo con respecto a la ideología de mi partido.

Desde luego, difícil es llegar a un acuerdo si, previamente, pues, ni siquiera te convocan a una mesa, previamente ni siquiera saben tu opinión, o previamente ni siquiera se pretende nada. O sea, aquí no nos vamos a andar con disimulos; lo que se ha pretendido es una labor publicitaria, porque interesaba ahora, tras una época de relaciones, a lo mejor, crispadas -que también habría que planteárselo y preguntarse por qué eran crispadas o por qué no eran crispadas, o qué grado de crispación había, o si es un grado normal en la vida política-, pues interesaba dar una visión de consenso, una visión de cambio y... y demás. Y eso es lo que se ha dado. Y se ha utilizado esta iniciativa legislativa popular y las otras tres... otras dos iniciativas que quedan pendientes, pues, para esa labor de imagen, no nos engañemos. Y cuando no interesa esa labor de imagen, pues seguirán dormidas ahí otras reformas, como, a lo mejor, la reforma del Reglamento, que podía haberse introducido, también, al mismo tiempo, o la reforma el Reglamento del Procurador del Común, que ahí veo que tampoco ese espíritu de consenso, pues, o les ha fallado o algo ha... o algo ha ocurrido. En todo caso, pues a lo mejor la situación era distinta, y a lo mejor alguna de las iniciativas que aquí se han presentado... pues no ha sido... no hubiera sido necesario presentarlas.

Desde luego, nosotros estamos bastantes tranquilos, porque, a pesar de que no haya un consenso previo, pues después hay un procedimiento donde también es posible el diálogo, que es el procedimiento parlamentario de tratar esa Ley. Y, bueno, la realidad es que en algunos de los puntos que nosotros considerábamos que eran los puntos claves de esta Ley, pues, me parece que tampoco va a haber ni ese consenso ni ningún diálogo posible.

Desde luego, hay un tema que nosotros lo hemos meditado bastante, y es la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos, sobre todo la presentación de esa enmienda, pues, que la hace quizá más restrictiva. Efectivamente, la hace quizá más restrictiva; pero, de alguna manera, nosotros, si la hemos planteado es por la igualdad de todos los ciudadanos ante un determinado mecanismo. Y lo que no me parece normal es que sea tan restrictivo con respecto a la participación de los ciudadanos, que les ponga cuotas, incluso cuotas territoriales, y, por otro lado, pues se les considere representados por un acuerdo de la mayoría. Entiendo que si queremos que se representen a todos los electores que están en un Ayuntamiento, entiendo que el acuerdo tiene que ser de unanimidad.

No obstante, éste es un tema que -como digo-, pues, también nosotros, pues, lo hemos tenido en suspenso, y al final he decidido mantener la... hemos decidido mantener esta enmienda, pues, mientras no se quiten las restricciones que existen a nivel de ciudadano. Desde luego, cautelas legales o restricciones, pues yo recuerdo una Proposición No de Ley que se aprobó en el Pleno sobre los eufemismos de las palabras. Es decir, yo prefiero llamarlo restricciones; y yo creo que algunas restricciones, pues, no son necesarias; o, por lo menos, estamos en un grado de desarrollo democrático, y yo creo que... de las instituciones regionales, que no las hacen necesarias.

Y, desde luego, que no se puedan plantear la ordenación territorial por una iniciativa legislativa popular, o algún aspecto concreto de la ordenación territorial, pues no... no lo entiendo y lo sigo sin entender. Yo seguiré manteniendo esta posición, pues, ahora y siempre.

No obstante, como parece que el tema está ya bastante cerrado, pues no me voy a extender más. Ahí están las enmiendas. Desde luego, a mí el tema de la defensa de una iniciativa legislativa popular en el Parlamento, pues no sé, me parece una cosa, por lo menos, elemental. ¿Que no tenga los mismos tiempos, o la misma capacidad, o la misma consideración que un Grupo Parlamentario? Pues bien. Pero, bueno, la defensa yo creo que ya, en un mundo donde hemos visto incluso a los zapatistas hablar ante el Congreso de Méjico, pues yo creo que no veo de más que las personas que han tenido una iniciativa, que han hecho el esfuerzo ímprobo de recoger treinta mil firmas acreditadas y de presentarlas, no le veo de más que tengan, por lo menos, la posibilidad de exponer esa iniciativa en un Parlamento que debe estar abierto a los ciudadanos.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Rad. En turno de dúplica, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señora Presidenta. Muy brevemente también, porque ya se han abordado, pues, las ocho enmiendas con anterioridad, pero sí que quería hacer algunas precisiones. Yo he comenzado hablando de un clima de consenso político importante; pero, o no me ha escuchado o no me ha querido escuchar el señor Rad, yo no le he dicho que este clima de consenso político importante haya empezado hace dos meses, hace cuatro meses.

Yo me he empezado refiriendo a la aprobación, por parte de los dos Grupos mayoritarios de esta Cámara, en la anterior Legislatura -ni siquiera en ésta- del Estatuto de Autonomía de Castilla y León modificado. Y fruto -y no de otras cuestiones- de esa modificación del Estatuto de Autonomía del año noventa y ocho es el desarrollo estatutario en el que se enmarca esta Ley, con otras dos leyes nuevas, porque lo pone en el propio articulado, según está configurado ahora, del Estatuto de Autonomía modificado.

Es decir, me parece muy bien que usted quiera hacer valoraciones de otro tipo de oportunidad política en lo referente al clima de cualquier tipo que se viva en estos momentos en la Comunidad Autónoma entre los diferentes partidos o las fuerzas políticas, pero no haga mías sus palabras, porque yo no me he referido a ningún clima de consenso de la actualidad, sino a que tiene su origen y su embrión en la reforma, en la última reforma del Estatuto de Autonomía. Y que esto responde y va en la misma línea de lo que se acordó, no ahora, ni hace tres meses, ni hace seis meses por el clima político que exista en este momento, o hace seis meses, en el momento determinado en nuestra Comunidad Autónoma; sino por el clima y por el entendimiento que hubo en su momento cuando la última reforma del Estatuto de Autonomía en el año noventa y ocho, en la anterior Legislatura.

Y fruto de ese consenso, y fruto de esa responsabilidad adquirida son la presentación y el desarrollo estatutario, que tiene su reflejo concretamente en la Ley que hoy estamos debatiendo para su aprobación y para la aprobación, por lo tanto, del Dictamen, si procede, en esta Comisión.

Y es en ese sentido. Nosotros también estamos tranquilos, como usted, porque en ningún momento, desde la presentación de esta Ley, en la que se... de esta Proposición, en la que se remitió a otros Grupos Políticos de esta Cámara, se ha cerrado la puerta a ningún tipo de modificación de la misma, porque ésta era una propuesta dirigida al resto de los Grupos que, por los motivos que fueran, en otros momentos de esta Cámara, no habían participado o no habían probado... no habían aprobado con su participación la modificación del Estatuto de Autonomía que... de que ahora estamos dotados. Y, por lo tanto, como en ese momento, la aprobación de esas modificaciones se llevaron a cabo por determinados Grupos Políticos, pues las conversaciones para hacer ese desarrollo estatutario han comenzado por esos Grupos Políticos, pero en ningún momento dejando la puerta cerrada ni a la intervención ni a la enmienda, por supuesto, no sólo desde el punto de vista formal -que, lógicamente, debe ser así-, pero desde todo punto de vista y a todas las conversaciones que hayan... en las que hayan querido participar otros Grupos Políticos representados en esta Cámara.

Y solamente voy a hacer referencia a dos de las Enmiendas citadas, porque son las que ha citado usted en su última intervención, que son las referentes... la número 2 al Artículo 3 y la número 9 al Artículo 18, que son las referentes -como digo- a la pretendida unanimidad para alcanzar los acuerdos de iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma.

E independientemente de que por parte de su fuerza política o de otros partidos políticos crean, y así lo pondrán de manifiesto -estoy seguro- en sus intervenciones, que existen para ustedes diversas contradicciones en este texto que se ha presentado, yo creo que es una contradicción netamente flagrante la que usted hace, en el sentido de rebajar el número de firmas de ciudadanos que deben aportarse para iniciar esta iniciativa legislativa popular y quitar algunas representaciones de las provincias, con la pretendida unanimidad por parte de algunas Corporaciones Locales. Usted, efectivamente, y así lo estoy viendo, mantiene el número de treinta mil electores para iniciar la iniciativa legislativa popular, aunque sí que corta en ese artículo otra serie de cautelas, restricciones, llámeles cómo quiera, limitaciones legales que se pretenden establecer en la misma. Pero -como digo- la contradicción está en que luego, por parte de la iniciativa de los Ayuntamientos, usted quiere que esa iniciativa municipal sea unánime. Es decir, que cualquier Ayuntamiento que represente a ciento sesenta y cuatro mil electores, ciento setenta mil, como Burgos, Salamanca o León, o, más incluso, Valladolid, su acuerdo sea unánime. Y, sin embargo, no aprecia esa particularidad en otra serie de iniciativas, como la iniciativa legislativa de los ciudadanos.

Por tanto, a nuestro juicio, ésa sí que es una contradicción que aquí hemos hecho notar, y que usted -pues como bien ha dicho- ha pensado en algún momento en retirar, pero que, por los motivos políticos legítimos que hayan sido, pues efectivamente, usted no ha considerado oportuno retirar, aunque, por lo menos, sí que nuestro ánimo... en nuestro ánimo está que le hemos llevado a la reflexión de que podía existir una contradicción entre esas dos cuestiones. Y en ese sentido -como digo- nos reiteramos en la oposición a sus Enmiendas, y vamos a mantener el voto contrario a las mismas. Nada más.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de fijación de posiciones, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Gracias, señora Presidenta. Para hacer un turno de fijación de posiciones único a lo largo de esta Comisión. En primer lugar, corroborar y congratularme de las palabras del Grupo Mayoritario, en el sentido de que es verdad que arranca del acuerdo de modificación del Estatuto, lo que era el desarrollo estatutario, esta Ley que estamos hablando. Una Ley que completa -como digo- este desarrollo estatutario y da forma a lo que recoge el propio Estatuto modificado, da cumplimiento al precepto constitucional, como es claro, de la democracia directa frente a la democracia representativa y lo completa como tal, y, desde luego, algunas novedades que sí se han introducido -yo no estoy de acuerdo en que no haya novedades-, algunas novedades que se han incluido en el texto que yo creo que mejoran el de otros textos de otras Comunidades Autónomas.

Por encima de estos preceptos y de estos criterios, está claro que valoramos el consenso y el acuerdo en esta Ley, para afrontar -como digo- un desarrollo estatutario interesante para la Comunidad de Castilla y León. En este sentido, nos parece que los requisitos de la Ley son razonables en los ratios del número de habitantes en comparación con otros textos. También en lo referente a Ayuntamientos, y, desde luego -evidentemente, se podrá decir lo que se quiera-, todos los Grupos Políticos hacen pactos en distintos ámbitos, y me imagino que los hacen, y los rompen cuando les es interesante políticamente.

Y en ese sentido, pues, ver que en el desarrollo de las propias... en el propio texto y en las propias enmiendas no son más allá de media docena las enmiendas de carácter -digamos- sustantivo. De treinta enmiendas, yo creo que es razonable, por lo menos, llegar a un acuerdo para aprobar casi el 50%, estamos en un texto que, al final, no son sustantivas más allá -como digo- de seis u ocho enmiendas. Seguramente, es culpa de todos no haber podido llegar a un acuerdo definitivo sobre los ratios de habitantes o de Ayuntamientos, que me imagino que aún podríamos estar a tiempo de poder ultimar.

Y, sencillamente, corroborar que esta iniciativa, desde mi punto de vista, sólo es excluyente con aquellos que pretenden excluirse directamente de lo que es el desarrollo de la Comunidad Autónoma y la vertebración. Los que estamos apostando por la Comunidad de Castilla y León como tal, pues yo creo que podemos llegar incluso a ultimar acuerdos en la linea de lo que los dos Grupos Mayoritarios hemos acordado. Nada más. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Benito. Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos a... favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. Resultado... ¿Abstenciones? Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: uno. Votos en contra: quince. Queda rechazada la enmienda.

Pasamos a la Enmienda número 2 del Procurador don Antonio Herreros. Para un turno a favor, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señora Presidenta. Señorías. Yo también pretendo, si me lo permiten, hacer una defensa global de las diecinueve enmiendas parciales que en su momento presentamos, y que la pretensión, pues, lógicamente, era buscar fórmulas de modificación de un texto que, a nuestro juicio, tiene una carga de carácter restrictivo, tiene incluso una presentación en algunos apartados muy a la defensiva, e incluso planteamientos de "no se podrá hacer", "no se podrá tratar", "no se podrá incluir", cuando creemos que se trata de todo lo contrario, de abrir cauces de participación, y... incluso las excepciones habría que tratarlas diciendo "se puede todo, menos lo que se entienda que tiene un carácter insuperable", según la propia concepción que tengamos de la democracia.

Desde luego, a estas alturas, en democracia no debería de existir ningún tipo de dificultad para que todos los temas sean discutidos y discutibles; lo cual no quiere decir que sean aprobados o aprobables. Pero negar de antemano ya, por unas formas u otras, la posibilidad de esa participación, nos parece una limitación importante desde el punto de vista democrático.

Y, además, estamos ante el momento que debemos de pasar de la teoría a la práctica, porque esgrimimos con absoluta tranquilidad los argumentos de participación, pero ahora es el momento de decir: bueno, pues esa participación de la que constantemente hacemos gala, démosla las máximas facilidades para que pueda materializarse.

Yo no quería entrar -porque me imagino que habrá una respuesta de esa misma naturaleza- en los planteamientos iniciales que se han planteado por parte de los Grupos Mayoritarios, en este caso, cuando se esgrimen factores o planteamientos limitantes. Y, piénsese, no lo hago con ningún tipo de intención de incomodar, sino todo lo contrario; piénsese que si ustedes ponen ya límites a la participación al resto de los componentes de estas Cortes, por el hecho de no haber aprobado el Estatuto de Autonomía, están degradando la propia interpretación de lo más elemental de la democracia.

Yo he entendido que había un fruto de lo aprobado en el Estatuto de Autonomía y desarrollo posterior de esa cuestión, y, lógicamente, desde ahí se inicia todo el proceso de participación. Pero como algunos Grupos Parlamentarios, o no estaban... alguno de los Grupos Políticos, o no estaban en estas Cortes, o, los que estábamos, por razones que ya en su día esgrimimos y defendimos, no estábamos de acuerdo con esa reforma del Estatuto de Autonomía, es como que no tuviésemos esa posibilidad de participar.

Pues bien, analícenselo ustedes mismos y verán entonces si realmente estamos en la línea de una participación democrática o de una interpretación restrictiva. Eso es lo que han dicho y consta en el Diario de Sesiones; no me estoy inventando absolutamente nada.

En todo caso, yo creo que es interesante el que podamos tratar de ver si de aquí, todavía, a la... al Plenario que se celebrará al final de mes, pues somos capaces de entender la posibilidad de llegar a algunos acuerdos.

Señorías, el Artículo 2 del Proyecto de Ley de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León, a mí me gustaría que se le pudiésemos dar a una persona con una cultura media en nuestra Comunidad, para que lo pudiese leer tranquilamente y que nos descifrara qué es lo que quiere decir. Porque ése sería, posiblemente, el nivel discrecional de decir: sujeto o persona de nivel cultural medio ha entendido perfectamente el Artículo 2, y entonces ya está en disposición de poder poner en marcha una iniciativa legislativa popular o de cualquier otra naturaleza.

Es complejo, es complejo. Porque no sólo son ya los treinta mil electores o las firmas de los treinta mil electores, al menos, que se pretenden para garantizar un procedimiento de iniciativa legislativa popular, sino que tiene que ser correspondiente a la mayoría de las circunscripciones, es decir, al menos a cinco circunscripciones de la Comunidad. Y no sólo a cinco circunscripciones, sino que después tienen que representar en cada una de ellas, como mínimo, al 1% del respectivo censo provincial, ya no digamos vigente al día de la presentación de la iniciativa y demás cuestiones.

Con lo cual, nos encontramos que hay una serie de provincias que necesitan, en virtud de su censo demográfico, un número no inferior de firmas en torno a las cinco mil... cuatro mil quinientas/cinco mil, para entendernos.

Y, lógicamente, otras provincias que podrían buscar una fórmula compensatoria y, en virtud de esa misma interpretación, disminuir. Muchas cautelas, excesivas cautelas.

Excesivas cautelas porque, a nivel del Estado, que yo en estos momentos recuerde, ha habido dos iniciativas legislativas: una sobre enseñanza, promovida por Comisiones Obreras; otra sobre las treinta y cinco horas por Ley, promovidas, entre otros, por Izquierda Unida. Y después de conseguir en ambas más de setecientas mil firmas -quinientas mil son el límite-, el Congreso de los Diputados tiene, en último extremo, la potestad para decir si se trata o no se trata. Y en ninguno de los dos casos ha sido aceptado por el Congreso de los Diputados el tratar las dos iniciativas legislativas, con lo cual se cercena la posibilidad de la participación.

Hay un hecho absolutamente evidente, y es que aquí, aunque se quieren poner al mismo rango las iniciativas legislativas o las formas para acceder a una iniciativa legislativa... sí lo son en cuanto a la materia, sí lo son en cuanto al contenido; no lo son en cuanto a la forma, porque también se guarda, lógicamente, la potestad de la Cámara para decir "se admiten a trámite", "no se admiten a trámite", a pesar de todas esa serie de circunstancias.

Yo no digo si sí o si no; lo que sí digo es: no las pongamos en el mismo rango. Las pongamos en el mismo rango en cuanto a que si son... si llegan a acceder a esa naturaleza, entonces la materia sí, hasta ahí podíamos ya llegar, a decir: "no, mire usted, además de las limitaciones constitucionales y estatutarias desde el punto de vista competencial, además vamos a poner más limitaciones: sólo pueden ustedes presentar iniciativa legislativa popular sobre el garrapatillo en los cereales en la Comarca de Campos".

Mire usted, recojamos velas, guardemos el Proyecto de Ley y digamos: no hay ningún tipo de necesidad razón de tantos límites y de tantas cortapisas.

Entonces, nosotros defendemos que sean veinte mil, que ya es un número importante de firmas para que después pueda tomar la determinación la Cámara, la Mesa, diciendo: "sí se puede tratar"; "no se puede tratar"; y no pongamos limitaciones de otra naturaleza.

Porque, lógicamente, entendemos que esto no sustituye al resto de las fórmulas de iniciativa legislativa; con lo cual, lo que se pretende en la mayor parte de las ocasiones no es fórmulas viciadas o subrepticias de llegar a las Cámaras, porque ya existen organizaciones políticas, Grupos Parlamentarios que pueden perfectamente y hacer habitualmente toda esa labor.

¿De qué se trata? Se trata de motivar; se trata de promover, se trata de sensibilizar; se trata de eso que muchas veces decimos pero que, a la postre, si no le damos fórmulas a la sociedad, será muy difícil que se lleve a cabo. Y es: se trata de articular, en cierto modo, a la sociedad; se trata de motivar el romper con una cierta atonía, que no sigan en muchas ocasiones viéndonos como una especie marginal y marginable -salvo cuando estamos en las Cortes- a quienes nos dedicamos a esta tarea de la política. Y es promover el que haya iniciativas que vayan con un cierto respaldo, que vayan con un cierto debate hecho en la sociedad.

Pero, si ponemos ya cortapisas, obstáculos... tan difíciles de salvar desde el primer momento, yo me atrevo casi a asegurar que va a haber muy escasa posibilidad de promover esos debates, esas iniciativas, ese revulsivo en la sociedad para que todo lo que nos preocupa o entendemos que nos preocupa -y que les preocupa a ellos- sea motivo de debate y, por tanto, haya una mayor cultura política; la necesitamos, la necesitamos nosotros, la necesita la sociedad. Y éste es el momento en el que tenemos la oportunidad de promover iniciativas de esa naturaleza; porque, de lo contrario, insisto, yo creo que es prácticamente imposible.

Ya no sólo eso, sino que en el Artículo 3 no sólo se reiteran, prácticamente, todas las condiciones del Artículo 2, sino que, además, se plantea que sea al menos treinta y cinco Ayuntamientos de nuestra Comunidad. ¡Con lo difícil que nos resulta ponernos de acuerdo a muchos menos de treinta y cinco...! Bueno, pues hasta treinta y cinco.

Señorías, un trámite de esta naturaleza, que pasa por el filtro previo de hacer un análisis, una reflexión y un debate en una, dos, tres... hasta seis Corporaciones Municipales que nosotros planteamos, ya lleva el suficiente tamiz, el suficiente filtro como para decir... bueno, no van a presentar algo demencial, algo que no tenga ningún tipo de valor.

Pero, además, es que sigue teniendo las mismas cortapisas o los mismos límites. Una vez llegada la conclusión del número de Corporaciones que lo han aprobado, resulta que las Cortes tienen todavía la potestad de decir sí o no; con lo que, lógicamente, estamos poniendo un límite, otro límite, otro límite, que son perfectamente franqueables. A nuestro juicio, yo creo que es... son limitaciones excesivas.

Bueno, yo, esas dos enmiendas me parece que son sustanciales para que se tomen en consideración para que incluso se puedan rebajar sin ningún tipo de problema.

Tratábamos, por otra parte, de que sean seis o más Ayuntamientos cuyos municipios cuenten en conjunto un censo igual o superior a veinte mil electores, para que no se produzca el fenómeno de, bueno, pues... la disociación entre lo que son veinte mil firmas o lo que son la representación municipal de al menos veinte mil firmas o veinte mil electores.

Y, por otra parte, que se trate de diez o más Ayuntamientos de municipios limítrofes, sea cual sea el número de electores de los mismos en la fecha de presentación de la iniciativa ante la Mesa de las Cortes. Quiere decir: facilitemos la labor de poder acceder, de poder trabajar, de poder atender esas iniciativas.

Es posible una serie de, lógicamente, elementos compensatorios que son, a nuestro juicio, los de hacer la defensa de su propia iniciativa legislativa, una vez que se ha obtenido el número suficiente de firmas. Bueno, pues se dice de la presentación... bueno, quien permite la presentación permite, en definitiva, la apertura del debate y, en la práctica, la defensa de esa iniciativa legislativa popular. No sé por qué esa dificultad de no pasar la barrera... -estoy hablando, concretamente, de la Enmienda número 15-, pasar la barrera de lo que es la mera presentación de la iniciativa legislativa, una vez que han cubierto los plazos, las formas, e incluso la admisión a trámite por parte de la Mesa o de las Cortes, bueno, pues que pase a hacer la defensa. Para mí le presentación, la defensa, prácticamente son fenómenos similares; otra cosa es que sólo se le dé la oportunidad de una intervención, y con eso, pues, no haya más posibilidades de defensa por parte de los que hayan tenido esa iniciativa legislativa popular.

Y otra de las Enmiendas que anda en la duda, es... son... es la número 17, en la cual se hace alusión a las cuantías de a percibir como compensaciones económicas siempre y cuando la Proposición haya alcanzado su tramitación parlamentaria, es decir, absolutamente superados todos los límites establecidos hasta el momento. Entonces, nosotros ahí hemos hecho, lo confieso, una simple valoración de lo que una campaña tan elemental como fue aquella de las treinta y cinco horas por ley, nos supuso en todo el dispositivo propagandístico, todo el dispositivo de promoción, y no te sale una cuantía inferior a ese precio en absoluto en el contexto nacional. Bueno, pues ahí todavía podría caber la posibilidad de modulación.

El resto de las enmiendas parciales, no voy a hacer el recorrido de ellas, aunque sí me gustaría porque en algunas de ellas son fórmulas aclaratorias, son fórmulas de facilitación, sobre todo desde el punto de vista del trato que debe de tener los que han tenido esa iniciativa legislativa; porque en algunas ocasiones, posiblemente por olvido, posiblemente porque se da por supuesto, posiblemente, pero lo que no figura en Ley es difícil que pueda ser exigido, como son la publicidad en los medios de comunicación propios de las Cortes, como son Boletines y demás, o el hecho de que pueda tenerse o tomarse la reconsideración de una negativa inicial a la Comisión Promotora ante la primera respuesta que se dé por parte de la Mesa; es decir, no se toma eso en consideración por diversas razones y, entonces, que pueda hacer, al margen de los recursos correspondientes ante los tribunales correspondientes, la toma en consideración, o reconsideración por la argumentación que se pueda dar por parte de la Mesa de las Cortes o las propias Cortes en su análisis.

Por otra parte, se emplazan en tiempos algunas de estas cuestiones para que aquello de los silencios administrativos no tenga que entrar a funcionar. Yo soy de los que pienso que cuando una Administración recibe un comunicado, una solicitud, una sugerencia, o cualquier otro planteamiento de cualquier administrado, o de cualquier ciudadano o ciudadana, lo lógico no es dejarlo ahí a ver si se olvida, el silencio administrativo (que, en unos casos, puede ser positivo, en otro casos puede ser negativo, en virtud de lo que la potestad legislativa haya dictaminado en términos generales o en aspectos concretos); yo creo que es de buena educación simplemente: yo recibo una carta, contesto, afirmativa o negativamente lo contesto; lo que no tiene sentido es que la Administración diga: "bueno, un escrito, pues no le contesto, pues, ya está". Me parece una forma poco elegante de hacer las cosas.

Y, en la práctica, yo no reiteraría los argumentos de las distintas enmiendas porque creo que son bastante generalizables lo que son fórmulas de facilitación del procedimiento administrativo, de cualquier trámite de iniciativa legislativa, en este caso concreto aplicado o convertido en forma de ley para la ciudadanía de Castilla y León. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Herreros. ¿Algún Grupo desea consumir un turno en contra? Señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. Consumimos un turno en contra, como el señor Herreros según lo establecido reglamentariamente ha comenzado por la Enmienda número 2, aunque ha defendido todas las demás, nosotros vamos a consumir un turno en contra de la Enmienda número 2 y de otras que le voy a citar. Pero, en coordinación con el otro Grupo Proponente de esta Proposición de Ley, vamos a aceptar algunas enmiendas que paso a enumerar para que tome nota la Mesa, en las que vamos a estar de acuerdo en la aprobación de las mismas y, por lo tanto, no voy a pasar a discutir éstas.

Le vamos a aprobar, en principio, porque nos ha parecido razonable, y en este clima que estamos comentando de flexibilidad, una serie de enmiendas relativas al texto, y son las siguientes: la Enmienda número 4, la 5, la 6, la 7, la 8, la 9, la 11, la 12 y la número 19. Es decir, un total de nueve enmiendas que los Grupos Proponentes creemos que enriquecen el texto presentado a esta Cámara y que, como digo, la flexibilidad en la elaboración de este texto no sólo hay que cifrarla en la propia iniciativa legislativa que nos ha llevado a la presentación del mismo, sino que hay que cuantificarla y que hay que demostrarla, como lo estamos haciendo en este momento, aprobando una serie de enmiendas que creemos que enriquecen el texto y que demuestran la flexibilidad en lo que se refiere a las aportaciones por parte de otros Grupos de la Cámara al propio texto legislativo que pretendemos y que no perdemos la esperanza que sea aprobado, no por la inmensa mayoría de la Cámara, sino por la totalidad de la misma.

Y ya entrando en algunas cuestiones puntuales, y sin referirme, lógicamente, a las nueve enmiendas de las diecinueve que estos Grupos hemos considerado que enriquecen el texto y que aportan de una manera sustancial al mismo, en consonancia con lo establecido en él de las cuestiones que estamos tratando, y sin perjuicio, señor Herreros, de que en posteriores trámites parlamentarios -y así lo estamos también considerando y sabe usted que también en este sentido se han mantenido algún tipo de conversaciones con Su Señoría- también dejamos la puerta abierta a que otras, al menos cuatro o cinco de las enmiendas que en este momento se van a rechazar en Comisión, pudieran incorporarse a este texto legislativo (estamos pendientes del estudio por parte de los Grupos Mayoritarios de poder asumir alguna más, algunas más de las enmiendas que en este trámite de Comisión se van a rechazar). Pero que sí que quiero referirme, porque lo ha hecho usted sustancialmente, algunas de las cuales en este momento en Comisión vamos, por parte de este Grupo Parlamentario, a rechazar por las razones que voy a pasar a exponerle. Y sin hacerle, por lo tanto, ninguna consideración, ya digo, a otras cinco enmiendas que, posiblemente, nos podamos poner de acuerdo los Grupos Parlamentarios para que sean admitidos en el subsiguiente trámite de esta Cámara Legislativa.

Pero sí que quiero referirme al rechazo por parte de este Grupo Parlamentario a dos de las Enmiendas en concreto, y que son la número 2 y la número 3, que hacen, respectivamente, y en consonancia, pues, referencia a los Artículos 2 y 3 de este texto legislativo.

Sin pretender, pues, reproducir anteriores debates ni razonamientos expresados con otra organización política que ya ha mantenido este Grupo Parlamentario anteriormente, en el otro turno en contra, sí que quería hacerle alguna serie de consideraciones.

Nosotros pensamos... desde un punto de vista, lógicamente, general, nosotros pensamos que, independientemente de los acuerdos que, en un momento concreto, y para una cuestión determinada como es ésta, se alcancen, los acuerdos siempre son de mínimos. A usted no se le escapa que, independientemente de que esta Proposición haya sido presentada por dos Grupos Parlamentarios de esta Cámara, lógicamente, ambos Grupos tenían, en principio, como usted también lo tenía, y así lo presentó en esta Cámara en su momento, otro texto distinto del que, al final, se ha presentado por ambos Grupos; es decir, se ha llegado a un consenso, a un acuerdo... Que los acuerdos siempre son de mínimos, es decir, ninguno puede pretender que haya un acuerdo de máximos en el que se contemplen todas sus propuestas y que no se refleje ninguna de las propuestas que tienen los otros Grupos de la Cámara.

Por tanto, éste es un acuerdo de mínimos, y creemos que en este sentido es francamente positivo; y también con usted, señor Herreros, pretendemos llegar a un acuerdo de mínimos. Nosotros conocemos su propuesta en este sentido porque, como digo, ha sido ya publicada en esta Cámara. Le puedo confesar también que en las conversaciones mantenidas para elaborar esta propuesta que al final se presentó en este Registro de las Cortes se tuvo muy en cuenta la propuesta elaborada por usted hace tiempo, se tuvo sobre la mesa, se estuvo estudiando y se recogieron -como usted sabe, igual que yo- muchas de las cuestiones que en esa propuesta suya en su momento usted planteó. Lógicamente, no cogimos el tenor literal de su propuesta; pero sí que le puedo decir que en gran parte está inspirada también en la propuesta que usted, en su momento, presentó a esta Cámara.

Por lo tanto, como digo, nosotros pretendemos alcanzar un acuerdo de mínimos, dejando aparte las cuestiones formales de la elaboración de esta propuesta y teniendo muy presente que, como digo, uno de los textos básicos que nos han servido para llegar a un acuerdo al Grupo Parlamentario Popular y al Grupo Parlamentario Socialista también estaba encima de la Mesa, como le repito, la propuesta que usted en su momento hizo para regular esta materia, en nuestro juicio tan importante, como es la iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma.

Sin embargo, sí que voy a discrepar en dos cuestiones, fundamentalmente, que son las enmiendas a que he hecho referencia con anterioridad y los artículos citados.

En lo que respecta a la Enmienda presentada al Artículo 2, usted, bueno, cree, legítimamente, que la cifra de treinta mil electores es excesiva para una población como la que tiene nuestra Comunidad Autónoma. Yo voy a repetir aquí otros argumentos que ya hemos hablado algunas veces, y es que no es ni más ni menos que una cifra similar, homologable, a cualquier otra ley que se contemple de estas características en cualquier otra Comunidad Autónoma. Es decir, por así decirlo, está en la media aritmética, si quiere usted, aunque no, puede ser que no exactamente, del número de electores que se exigen para este tipo de iniciativas en otras Comunidades Autónomas. Así tenemos, desde Comunidades Autónomas que se exigen, desde un 0,6% del censo electoral, hasta un 2, hasta más de un 2% del censo electoral. Y nosotros hemos cogido una cifra, ya digo, homologable perfectamente como media aritmética a las cifras que se barajan y que están ya aprobadas para este tipo de leyes en otras Comunidades Autónomas y que no es ni nada más ni nada menos que el 1,2% del censo electoral; es decir, el 1,2% de los ciudadanos con derecho a voto de esta Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, creemos que, en ese sentido, por el número de electores, no existe ningún tipo de cortapisas a la hora de plantear esta iniciativa legislativa que se contempla en la Proposición de Ley que hoy estamos... que hoy estamos contemplando.

Al igual, por lo tanto, y en orden similar porque esta es una... debe ser, iniciativas legislativas de ámbito regional, porque así debe legislar también la Cámara Legislativa, es decir, las Cortes de Castilla y León, que es homologable perfectamente con lo que hemos pedido, que es una barrera de solamente el 1% del censo electoral de cinco provincias; es decir, ni siquiera el censo electoral de todas y cada una de las provincias de nuestra Comunidad Autónoma, sino de la mayor parte de las provincias de la Comunidad.

Y usted mismo ha admitido que incluso en esta Ley no se contemplan otras cautelas, como en la Ley estatal, de que las Cortes puedan o no, por voluntad tratar acerca de lo que se pretende con una iniciativa legislativa popular o de los Ayuntamientos de este tipo, sino que se admite a trámite, y luego, eso sí, por nuestra parte debe tramitarse como cualquier otra ley, como cualquier otra iniciativa legislativa de las cuatro que se contemplarán cuando, si, efectivamente, se aprueba el texto legislativo. Es decir, sin más ni menos requisitos que otro tipo de iniciativas.

Por lo tanto, nosotros no estamos ni mucho menos en desacuerdo con que existan este tipo de cautelas en nuestra legislación de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, que, por otra parte, también existen en otro tipo de iniciativas, porque usted sabe igual que yo que en cuestiones de iniciativas legislativas presupuestarias estas Cortes tienen bastantes límites por el hecho de que la iniciativa en materia presupuestaria y del plan anual económico, lógicamente, corresponde esa iniciativa al propio Gobierno Regional.

Entonces, es perfectamente lógico y asumible que si estas mismas Cortes tienen ese tipo de límites, no sólo con ese tipo de cuestiones que sirvan de ejemplo, sino con otros, pues que también se establezcan ese tipo de límites, perfectamente lógicos y homologables -ya digo- no sólo a la Ley estatal, sino a las leyes de este tipo de cualquier Comunidad Autónoma, también para este tipo de iniciativas ciudadanas, porque usted sabe igual que yo que, lógicamente, existirían algún tipo de iniciativas, como pueden ser las de índole tributario de supresión de impuestos, que, efectivamente, pues se podría dar un clima de simpatía en estas cuestiones y que, lógicamente, como... repito, tienen que estar excluidas de la iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos.

Pero es que, además, en los objetivos que usted... que usted ha citado, yo no veo que... en los objetivos que se establecen en su propuesta de modificación de la Exposición de Motivos no sean perfectamente equiparables a los objetivos que establece esta Ley. Y leo textualmente esos objetivos que usted establece en su enmienda a la Exposición de Motivos, en el párrafo octavo de la misma. Dice que "La presente Ley tiene por objeto el desarrollo, dentro del marco constitucional y estatutario, de una política institucional participativa, estableciendo los cauces para que los ciudadanos y los municipios accedan a la iniciativa legislativa. La Ley regula su ejercicio garantizando el oportuno equilibrio entre el respeto a los legítimos representantes de la voluntad popular y la articulación de una vía o forma complementaria para la proposición de normas que enriquezcan la vida pública de la Comunidad Autónoma de Castilla y León".

Este objetivo, que usted ha tratado entre los objetivos de la Ley, yo creo que es perfectamente equiparable y perfectamente asumible por el texto legislativo de la Proposición de Ley que hoy se presenta. Y, por lo tanto, no veo ninguna diferencia en cuanto a los grandes objetivos generales.

En cuanto a la otra Enmienda que usted se ha referido, que es la relativa... la número 3 al Artículo 3, en la que ha puesto -por así decirlo- un límite más bajo a la representación de los Ayuntamientos exigible en lo que se refiere a la iniciativa propia de las Corporaciones Locales, le tengo que decir que, efectivamente, dado el número de Ayuntamientos que existen en nuestra Comunidad Autónoma, dado la heterogeneidad en cuanto a la cuantía y a la población de los mismos, es perfectamente equiparable, como se contiene... y perfectamente homologable, e incluso rebaja sustancialmente las pretensiones en cuanto a iniciativas de Ayuntamientos contenidas en otras Comunidades Autónomas, las que se contienen aquí en esta Ley. Es decir, treinta y cinco Ayuntamientos significa el 1,5% de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma, nada más; el 1... Y, lógicamente, sin hacer mención a la población de los mismos, porque usted sabe igual que yo que en este mismo artículo se contiene una rebaja en cuanto a los Ayuntamientos en cuanto a su población; es decir, se deja en diez Ayuntamientos única y exclusivamente si agrupan, lógicamente, treinta mil electores, que es lo que se exige en la iniciativa legislativa popular. Es decir, diez Ayuntamientos cuyo censo sea de treinta mil electores, cuando existen más de dos mil doscientos Ayuntamientos en nuestra Comunidad Autónoma, no nos parece una restricción demasiado importante que el 1,57%, exactamente, de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma puedan tener iniciativa legislativa popular.

¿Y no rebajarlo al 1%? Bueno, pues eso es cuestión meramente aritmética y discutible. Pero que no es una barrera infranqueable que el 1,5% de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma tengan que sumarse para tener derecho a esta iniciativa.

Y si lo rebajamos a los diez Ayuntamientos que se piden para los treinta mil electores, resulta que es menos del 0,5% de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma que agrupados pueden tener iniciativa legislativa.

Nosotros creemos que no es descabellado pensar que solamente el 0,5% de los Ayuntamientos que en su conjunto agrupen treinta mil electores tengan esta... esta iniciativa legislativa. ¿Que haya que rebajarlo más? Pues posiblemente, como usted hace al poner sólo en vez de diez Ayuntamientos de veinte mil, seis Ayuntamientos. Bien. Pero que digo que, en este sentido, y lo que le quiero... lo que le quiero demostrar, creo que las diferencias que nos separan no son desde ningún punto de vista notables, son meramente aritméticas. Y que la barrera que se ha puesto por parte de los Proponentes de esta Ley es lo suficientemente baja para que otros Grupos de esta Cámara se pudieran unir -como le he dicho-, no sólo por la aprobación de prácticamente la mitad de las enmiendas que usted ha presentado en este... en este clima de flexibilidad que creemos que debe presidir esta Ley, para que se pueda unir también su Grupo y su formación política a esta... a esta iniciativa legislativa, no sólo digo de los electores, sino también de los Ayuntamientos.

Y, en principio, nada más, señora Presidenta.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de réplica, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señora Presidenta. Bien. Fíjese, voy a empezar por la parte esta final que decía que en la Exposición de Motivos se plantean conceptos o criterios que, lógicamente, no difieren de manera sustancial. Bueno, yo creo que es lógico, porque es evidente que lo que se pretende por todas las partes es poner en marcha un procedimiento de iniciativa legislativa popular y la de los Ayuntamientos. No podía ser de otra manera.

Pero eso no puede utilizarlo como argumento básico para decir "las diferencias que nos separan no son extraordinarias". ¡Claro que no son extraordinarias!, ¡claro que no son extraordinarias! Yo creo que son perfectamente asumibles. No voy a decir aquello de que vamos a partir la diferencia, porque todavía me parece una cifra muy alta el que se pudiesen hacer un planteamiento de veinticinco mil firmas. Es que no vale ese porcentaje, esos porcentajes que usted está planteando. Es que usted no se ha visto nunca inmerso, metido en esa vorágine. Y es probable que desde el punto de vista de un Grupo Parlamentario o de un Grupo Político Mayoritario como son en este caso ustedes, pues a lo mejor es tan sencillo decir: "bueno, pues ponemos un pliego de firmas en una calle y se va llenando él solo".

Yo le aseguro que el número de firmas que Izquierda Unida tenía como compromiso para recoger en la Comunidad Autónoma en la iniciativa legislativa de las treinta y cinco horas por Ley eran de diecinueve mil firmas, conseguimos veintitrés mil firmas después de tres meses trabajando arduamente, pero trabajando a tope, y para una cuestión que entendíamos que tenía, además, un efecto publicitario, que no estaba restringido exclusivamente al ámbito de nuestra Comunidad.

Nuestra Comunidad no es equiparable en muchas cosas a otras Comunidades, no es equiparable. Hablamos siempre de la extensión, de la demografía, pero no es equiparable tampoco desde el punto de vista de la motivación política por unas u otras razones, por unas u otras circunstancias. Si hacemos el análisis histórico de algunas Comunidades, tienen un bagaje bastante más amplio de motivación, de movilización política, de sensibilidad política, que no tiene esta Comunidad. Y esto es un obstáculo añadido. Y a esos obstáculos añadidos son, precisamente, a los que nos referimos nosotros cuando decimos: facilitemos, simplifiquemos las cosas de tal manera que permita que cada vez haya una mayor motivación, una mayor preocupación política, una mayor sensibilidad, que, lógicamente, como nosotros lo vemos desde el punto de vista positivo y no con esa especie de paranoia que se produce en la mayor parte de las cuestiones... no me negarán que cada vez que llega una historia desde las... desde la ciudadanía a las Administraciones casi casi se mira como diciendo "¿qué querrá éste?".

Bueno, pues nosotros no somos ni más ni menos que administradores legislativos, en un caso, o administradores ejecutivos, en otro caso, de lo que son las necesidades, los deseos de la ciudadanía. Por tanto, yo creo que a eso hay que, simplemente, dar respuesta y entender que lo que debe hacer es, a nuestro juicio, facilitarse, y facilitarse de manera extraordinaria.

Fíjese, diría más: yo les cuento una anécdota -ésta no me voy a atrever a contarla en Pleno, pero aquí sí que me voy a atrever-: Izquierda Unida no tenía Grupo Parlamentario presente en estas Cortes, y en un momento determinado a mí se me ocurrió la simple idea de sugerir la posibilidad de que yo pudiese acceder a estas Cortes como oyente a escuchar cómo eran las reflexiones, los análisis, los debates que se presentaban ante diversas cuestiones. Yo le puedo decir que obtuve la respuesta de una persona en el sentido de "hombre, es que si abrimos la puerta a todo el mundo al final se degrada la función de las Cortes". Bueno, el sentimiento de frustración que tuve con aquella respuesta no se puede hacer nadie la idea, porque era, además, alguien que estaba implicado políticamente, y no desde hacía unos días, sino desde hacía mucho tiempo, aunque no tuviésemos todavía el apoyo popular suficiente como para estar en estas Cortes.

Bueno, pues yo creo que eso lo deberíamos de intentar resolver. Si me dicen ustedes que por limitación de espacio, diría: de acuerdo. En este castillo no se reúnen las condiciones y, entonces, por razones de espacio lo podemos entender. Pero por razones de participación democrática no lo puedo entender.

Y es por eso por lo que nosotros seguimos insistiendo en que es posible llegar a plantear esa posibilidad de ver si somos capaces de llegar a algún acuerdo de esta naturaleza.

Yo, por otra parte, le diría que, si hace el favor, me repite las enmiendas parciales que son aceptadas por su Grupo o por los Grupos Mayoritarios, y rogaría que no fuesen tantas, que fuesen unas pocas menos, porque entonces me van a quitar minutos de participación en el Pleno.

(Risas.)


EL SEÑOR HERREROS HERREROS: Y

Y a lo mejor necesitaba más tiempo para hacer algún tipo de explicación. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Herreros. Para dúplica, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. Y comenzando por la petición de don Antonio Herreros, voy a repetir las que... las enmiendas en que los Grupos Mayoritarios estamos de acuerdo en aceptarle en lo que se refiere a esta Proposición de Ley: la número 4, 5, 6, 7, 8, 9 -o sea, de la 4 a la 9, ambas incluidas-, la 11, 12 y 19. Éstas son las que, en principio, hemos acordado que podrían garantizar su participación en la elaboración del texto final de esta... de esta Proposición -como le he dicho-, no sólo en la cuestión... y en aras a la flexibilidad del mismo, que por parte de estos Grupos siempre se ha demostrado, sino también -como le he comentado con anterioridad- en la consideración y el estudio que vamos a tener de otras cinco de las enmiendas que usted ha presentado, puesto que creemos que pueden aportar, bien directamente o bien a través de algún tipo de transacción, también por parte de su Grupo, enriquecimiento al texto legislativo final.

Sin embargo -como le he dicho-, tanto las referidas al Artículo 2 y 3, respectivamente Enmiendas 2 y 3, pues no estaríamos frontalmente en contra del número absoluto; pero sí que -como le he comenzado diciendo, señor Herreros, en mi primera intervención- para ponerse de acuerdo todas las partes tienen que flexibilizar sus posturas. Es decir, nosotros hemos llegado con el Grupo Socialista a un acuerdo de mínimos, y queremos también llegar con usted a un acuerdo de mínimos en que ni por parte de unos ni por parte de otros se imponga de una manera literal el pensamiento sobre esta materia determinada.

Y, por lo tanto, en lo que se refiere a las firmas, yo pensaba que usted sí que sería flexible en esta materia en el sentido de que, como ha comenzado hablando de que veinticinco mil firmas en vez de las treinta mil que proponen... que proponíamos nosotros, o las veinte mil que proponía usted, veinticinco mil, digo, pues, a lo mejor, algún acuerdo en este sentido se puede alcanzar. Pero es que en el remate de su intervención me ha dado a entender que, prácticamente, con que una persona no se sienta satisfecha en lo que se refiere a esta recogida de firmas, en el sentido de que tendría que rebajarse mucho más la cuantía, no podríamos llegar a ningún acuerdo en este sentido.

Lo que sí que le quiero decir es que, si su preocupación es la participación democrática, yo creo que esa preocupación se debe disipar rápidamente, porque la participación democrática está garantizada perfectamente en estas Cortes. Y la participación democrática del electorado directamente, que es lo que pretende regular este texto, está totalmente garantizada, porque solamente se exige el 1,2% del censo electoral para que se pueda llevar a cabo esta iniciativa. Cuando usted sabe igual que yo que para tener representación en estas Cortes los Grupos Políticos se nos exige un mínimo de un tanto por ciento superior al 1% -y usted lo sabe-, que es del 5%; y en otras Comunidades Autónomas, del 3%.

Por lo tanto, en lo que se refiere a la representación directa, sería mucho más flexible esta Ley que lo que es la democracia representativa en estas Cortes, en el que se exige un quantum superior a las firmas de electores que directamente están interesados por una cuestión. Y, por lo tanto, yo no veo obstáculos en que esa participación pueda oscilar con la media de las otras Comunidades Autónomas: del -ya le he dicho- 0,6% que hay en unas, sin pretender ser exhaustivo desde el punto de vista aritmético, al más del 2,5% que hay en otras. Aquí se ha establecido una cifra intermedia, perfectamente homologable, del 1,2% el electorado; que ya digo que creo que no supone ningún obstáculo para la participación directa, cuando la participación en estas Cortes de Grupos Políticos organizados es el... el obstáculo -por así decirlo, en sus mismas palabras- que se le pone al Grupo Político es superior en número y en votos.

En lo que se refiere, por tanto, al... bueno, no voy a hacer referencia al objetivo, porque le he dicho el objetivo marcado por usted mismo en la Exposición de Motivos. Pero en lo que se refiere... y no me... en este sentido, tampoco ha dicho nada en la representación que se exige a las... a los Ayuntamientos... de diez Ayuntamientos, pues, lógicamente, se ve incluso rebajado sensiblemente de la cuestión.

Y en lo que... la última cuestión a la que usted ha hecho brevemente referencia, que es en la aportación económica, pues le tengo que decir que, igualmente que en otras cuestiones y con un criterio de flexibilidad en la materia, lo que se ha hecho es poner una cifra intermedia al alza de lo que se perciben por estos mismos conceptos en otras Comunidades Autónomas, sin que se haya cifrado... sin que se haya cifrado en un... en una cantidad firma a firma, para tampoco dar la impresión que, cuanto más firmas se recogen -que no es la intención, estoy seguro, de nadie-, más cantidad económica percibe la Comisión Promotora. Es decir, se cifra en un tanto alzado y no en un tanto por firma. Y el tanto por firma que se fija es -como digo- homologable a otras Comunidades Autónomas, tirando al alza en las cantidades que están -como digo- contempladas en otras leyes autonómicas de la materia. Nada más y muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. En turno de fijación de posiciones, ¿algún Grupo desea intervenir? Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Votos... abstenciones? Votos emitidos: quince. A favor: uno. En contra: catorce. Queda rechazada la Enmienda.

Pasamos a debatir la Enmienda número 1 de los Procuradores don Joaquín Otero Pereira, don José María Rodríguez de Francisco y doña Daniela Fernández González. Para un turno a favor, señora Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señora Presidenta. Las damos por defendidas, y las mantenemos para el Pleno en los mismos términos. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Para consumir un turno en contra...


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Gracias, señora Presidenta. Las damos por rechazadas.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. A favor... Votos emitidos: quince. Votos a favor: uno. Votos en contra: catorce. Ninguna abstención. Queda rechazada la enmienda.

Procedemos a votar el Artículo. ¿Votos a favor del Artículo? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 2.

Artículo 3. Enmienda número 3 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor de la Enmienda número 3? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 2 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo número 3. ¿A favor del... votos a favor del Artículo número 3? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo número 3.

Artículo número 4. Enmienda número 2 de los Procuradores don Joaquín Otero, don José María Rodríguez y doña Daniela Fernández. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 4 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Quince. Se aprueba la enmienda.

Enmiendas números 3 y 4 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. Votos emitidos: catorce. Un voto a favor... perdón. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo 4. ¿Votos a favor del artículo? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 4.

Artículo 5. Enmienda número 6 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 5 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento?

Votamos el Artículo 5. Votos a favor del Artículo 5? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 5.

Artículo 6. Enmienda número 6 del Procurador Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Catorce... quince. Se aprueba por asentimiento.

Votamos el Artículo 6. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 7. No subsisten enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 8. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 9. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 10. Enmiendas números 7, 8 y 9 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento? Así mismo, se aprueba el artículo por asentimiento.

Artículo 11. Enmiendas números 10 y 11 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a...? Votación separada de la 10 y la 11. Puesto que la 11 es aceptada, se aprueba por asentimiento. Votamos la 10. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la Enmienda número 10.

Votamos el Artículo número 11. ¿A favor del artículo? Catorce. ¿En contra? Ninguno. ¿Abstenciones? Una. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Ninguno en contra. Y una abstención. Queda aprobado el Artículo 11.

El Artículo 12... no se han presentado enmiendas al artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 13. Enmienda número 12 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento? Igualmente, se aprueba el artículo por asentimiento.

Enmienda número 13 del Procurador don Antonio Herreros, que propone la incorporación al Proyecto de Ley de un nuevo Artículo 13.bis. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Artículo 14. No se han presentado enmiendas al artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 15. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 16. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 17. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 18. Enmienda número 9 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votación del Artículo 18. ¿Votos a favor? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Catorce a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 18.

Artículo 19...


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Señora Presidenta, una cuestión de orden. Usted ha citado que al Artículo 15 no había ninguna enmienda. Nosotros tenemos recogida la Enmienda número 8 de don Juan Carlos Rad, que habíamos anunciado la intención de rechazar.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Artículo 15... ¿Podemos continuar?

Artículo 19. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 20. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Enmienda número 14 del Procurador Antonio Herreros, que propone incorporación al Proyecto de Ley de un nuevo Artículo 20.bis. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince... perdón. Votos emitidos: dieciséis. Catorce a favor. Uno en contra... Catorce en contra... Quince. Ustedes perdonen. Quince a favor... No, quince en contra. Uno a favor. Queda rechazada la enmienda.

Artículo 21. Enmienda número 15 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas número 10 y 8 del Procurador don Juan Carlos Rad, agrupadas... 10 y 8; son dos enmiendas distintas, agrupadas. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince votos en contra. Quedan rechazadas las enmiendas.

Votamos el Artículo 21. ¿A favor? ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el artículo.

El Artículo 22, ¿se aprueba por asentimiento? Hay una enmienda... ¡Ah!, Enmienda número 16 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor de la enmienda? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo 22. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor. Un voto en contra. Queda aprobado el artículo.

Disposición Adicional. Enmiendas números 17 y 18 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince votos en contra. Quedan rechazadas las enmiendas.

Votamos la Disposición Adicional. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor, un voto en contra, ninguna abstención. Queda aprobada la Disposición Adicional.

Enmienda número 19 del Procurador don Antonio Herreros. ¿La aprobamos por asentimiento?

Pasamos a la Disposición Final Primera. No se han presentado enmiendas a esta Disposición. La aprobamos por asentimiento.

Disposición Final Segunda. No se han presentado enmiendas a esta Disposición.

Exposición de Motivos. Enmienda número 1 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor, quince en contra. Queda rechazada la Enmienda.

Votamos la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor, uno en contra. Queda aprobada la Exposición de Motivos.

Título de la Proposición de Ley. No se han presentado enmiendas al Título de la Proposición. Queda aprobada por asentimiento.

Concluido el debate de la Proposición de Ley reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretendan defender ante el Pleno, finalizará el próximo viernes día diecinueve de junio. Se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las doce horas veinticinco minutos.)


DS(C) nº 241/5 del 15/6/2001

CVE="DSCOM-05-000241"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
V Legislatura
Comisión de Estatuto
DS(C) nº 241/5 del 15/6/2001
CVE: DSCOM-05-000241

DS(C) nº 241/5 del 15/6/2001. Comisión de Estatuto
Sesión Celebrada el día 15 de junio de 2001, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: María Victoria Hernández Candeal
Pags. 5649-5668

ORDEN DEL DÍA:

1. Elección del Secretario de la Comisión.

2. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar en la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.

3. Elaboración del Dictamen de la Comisión en la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta y cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, abre la sesión y comunica las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. Elección Secretario.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para proponer candidato.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, somete a votación la propuesta de candidato. Es elegido don Antonio Losa Torres como Secretario de la Comisión.

 **  Segundo punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia PpL 4-I.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, de acuerdo con el Artículo 113.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 **  Tercer punto del Orden del Día. Elaboración Dictamen de la Comisión PpL 4-I.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, somete a debate y votación las Enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para su debate en Comisión, así como el articulado, Disposiciones, Exposición de Motivos y Título de la Ley.

 **  En el debate intervienen los Procuradores Sres. Rad Moradillo y Herreros Herreros y Sra. Fernández González (Grupo Mixto); Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular); y Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

 **  La Presidenta, Sra. Hernández Candeal, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas veinticinco minutos.

TEXTO:

(Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta y cinco minutos.)


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene alguna sustitución que comunicar a esta Presidencia? ¿Señor Vázquez?


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señora Presidenta. Doña Arenales Serrano sustituye a don Emilio Arroita.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. ¿Señor Benito?


EL SEÑOR .....:

(Intervención sin micrófono).


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Sí, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Luis Domingo González a don Roberto Jiménez.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Sí.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, señora Presidenta. A don José Francisco Martín le sustituye doña Elena Pérez; a don José María Crespo, don Cipriano González; y a don Antonio Losa, don Jaime González.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Benito. Pasamos al primer punto del Orden del Día: "Elección del Secretario de la Comisión".

Se procede a elegir Secretario de la Comisión de acuerdo con los Artículos 40, 34 y 36 del Reglamento de la Cámara. ¿Algún Grupo Parlamentario desea presentar candidato para ocupar la Secretaría de la Comisión? Sí, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí. Presentamos a don Antonio Losa.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

¿Algún otro Grupo desea presentar candidato? Si les parece, sometemos a votación al señor Antonio Losa. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

Votos emitidos: catorce. Votos a favor... votos a favor: cuatro. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: diez. Queda elegido el señor Losa como Secretario de la Comisión.

Pasamos al segundo punto del Orden del Día. Segundo punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León".

De acuerdo con el Artículo 113.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Benito Muñoz, Quijano González, Rad Moradillo, Serrano Argüello y Vázquez Requero. ¿Se ratifica esta designación? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Tercer punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión de la Proposición de Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León".

Artículo 1. No se han presentado enmiendas a este artículo. Artículo 1. No se han presentado enmiendas a este artículo. Sometemos a votación el Artículo 1. ¿Votos a favor del Artículo 1? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Se aprueba por asentimiento el Artículo 1.

Artículo 2. Enmienda número 1 del Procurador don Juan Carlos Rad Moradillo. Se abre un turno a favor. Tiene la palabra el señor Rad Moradillo.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Sí. Gracias, Presidenta. Voy a defender de forma agrupada todas mis enmiendas, porque, básicamente, pues responden a una filosofía, y la filosofía es de que esta iniciativa legislativa popular ha nacido, a pesar del pacto y el consenso -quizá mayoritario- de los dos grandes partidos presentes en la Cámara, pues ha nacido, de alguna manera, sin ese consenso o sin esa unanimidad total, pues, básicamente, porque no se ha buscado. No se ha buscado porque no es buscarla el reunirse públicamente los dos grandes partidos, los partidos mayoritarios, y llegar a un acuerdo público y dar la sensación a la ciudadanía de que todo esto ya estaba cerrado. Y, en fin, el acuerdo cerrado, pues a juicio de los distintos partidos representantes del Grupo Mixto, y en particular de Tierra Comunera, pues está bastante lejos de ser una iniciativa legislativa popular abierta, yo creo que responda a la evolución democrática de nuestro país.

Y, desde luego, pues... aunque es la última de todas las que se producen en distintas Comunidades Autónomas, algunas casi con diez años de diferencia, diez años, incluso bastantes más, pues no es la más avanzada; y, desde luego, a tenor de cómo han sido las experiencias anteriores, pues no resuelve unos miedos atávicos que ya están presentes en el primer texto, en el texto que hace referencia a la legislación estatal. Unos miedos atávicos a que se pronuncie el pueblo, a que se pronuncie la gente por unas vías distintas de participación de la que son los partidos políticos.

Yo creo que este proyecto... Proposición de Ley que se nos trae hoy a esta Comisión, pues, adolece de esos mismos miedos, y con especial referencia a la situación territorial o al problema territorial de Castilla y León. Yo veo que el intentar que esos miedos sigan presentes, que se constaten en una Ley, pues, desde luego, no hace nada para resolver un problema territorial que, si existe, tiene otras fórmulas de solución o... otras formas de abordarle.

Y, muy en concreto, estos miedos se encuentran presentes en el Artículo 2 cuando se establece ese porcentaje mínimo del 1% en los censos de al menos cinco provincias de nuestra Comunidad, de la mayoría de los... de las circunscripciones de Castilla y León. Algo absolutamente absurdo a nuestro entender, al entender de Tierra Comunera, y, desde luego, que incide, pues, muy negativamente en la que puede ser la percepción de esta iniciativa legislativa popular por parte de la ciudadanía.

Yo creo que si el tema lo respaldan treinta mil electores, treinta mil o la cifra que aquí al final reflejemos en consenso por parte de todas las fuerzas políticas, yo creo que es razón suficiente como para que el tema se trate en el Parlamento Regional. No entendemos que haya un tema que suscite la voluntad de treinta mil, o veinte mil, o los que sean, electores que sea despreciado ya por... directamente por el Parlamento Regional.

Y, desde luego, también los temas territoriales están presentes en la idea de las personas. Muchas gentes pueden estar o no estar de acuerdo con un modelo territorial. Y eso no es razón para que ese modelo territorial automáticamente, pues, no se discuta.

Otro... otra iniciativa que planteamos es una modificación al Artículo 3, en lo que se refiere a la iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos.

Entiendo que si la legislación es tan restrictiva para los ciudadanos, por lo menos no debiera dar lugar a que pudieran existir una vía encubierta, pues, de tratar determinados temas o que determinados temas fueran llevados con mucha más facilidad por parte de los Ayuntamientos a su debate parlamentario.

Nosotros pretendemos que se modifique el término "mayoría absoluta" por el término "unanimidad". De alguna manera, entiendo que es un paso más restrictivo en la Ley, pero es un paso que por lo menos hace iguales a los ciudadanos. Ésa ha sido la filosofía de Tierra Comunera al plantearlo. Puede ser una filosofía que -como se vio en el debate en Ponencia-, pues, puede ser más restrictiva, pero nosotros lo que intentamos es que de alguna manera se compensen esas restricciones que se ofrece a la iniciativa legislativa popular... se compensen por lo menos el mismo grado de restricciones por la vía de los Ayuntamientos, para que no exista una discriminación en cuanto a la introducción de determinadas cuestiones vía Ayuntamientos que... vía a los ciudadanos.

En el Artículo 4... también me parece un artículo extraordinariamente importante. Yo desde Tierra Comunera las únicas restricciones a temas a tratar o a plantear desde una iniciativa legislativa popular, pues, salvo aquellas que no son competencia de la Comunidad Autónoma -lo cual es lógico-, pues la única sería la... los temas que hacen referencia a nuestro Estatuto de Autonomía. Y únicamente sería la única restricción, porque entiendo que para modificar un Estatuto de Autonomía haría falta un consenso mayor, principalmente un consenso de las fuerzas políticas que están representadas en el Parlamento, tal y como figura en los... en el propio Estatuto de Autonomía. El resto, incluida la ordenación territorial o judicial de la Comunidad, entiendo que puede ser objeto de debate.

En esta misma línea, también modificamos el Artículo 5, en cuanto a que una Proposición presentada por la iniciativa legislativa popular no se podría presentar si existe una Proposición No de Ley previa. Nosotros entendemos que el proceso de recogida de firmas, el proceso de validación de esta iniciativa legislativa popular puede ser un proceso largo desde que se anuncia, y que, desde luego, en el devenir parlamentario, pues, se puede presentar una Proposición No de Ley, desde luego, que tiene un rango inferior a la Proposición que se intenta sacar adelante por la iniciativa legislativa popular, que, de alguna manera, neutralizaría o puede neutralizar todo el trabajo de recogida de firmas.

Y, finalmente, un tema importante que también agrupa dos enmiendas es la defensa... la defensa de la Proposición No de Ley, que entendemos que tiene que estar realizada por el portavoz o por la persona que designe los... los que han tenido esa iniciativa legislativa popular.

Yo creo que el dejar únicamente en el acto de presentar... finalizar este proceso de iniciativa legislativa popular en el acto de presentación de las firmas en el Parlamento y después dejar a los distintos partidos políticos el debate de la misma, pues es algo insuficiente. Yo creo que el Parlamento, por lo menos un Parlamento de los tiempos actuales, donde ya, pues, ha habido un considerable camino recorrido, camino democrático, pues yo creo que estamos suficientemente preparados para que en ese Parlamento se puedan escuchar voces que vienen directamente de la calle. Desde luego, nunca... entendemos que la defensa de una iniciativa nunca va a alterar lo que es la voluntad popular y lo que es la representación de las distintas fuerzas políticas, que son al final las que aprueban o deniegan esta iniciativa presentada. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Rad. ¿Algún Grupo desea consumir un turno en contra? Señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. En primer lugar, y... la presentación de las propias enmiendas por parte de los componentes... de los distintos componentes del Grupo Mixto ha venido, en cierta medida, a dar la razón a los Grupos Parlamentarios que presentaron esta iniciativa en que hubiera sido prácticamente imposible un consenso político previo a la presentación de esta propia Ley. Y lo digo de esta forma no por la entidad en sí, o por el número de enmiendas, o por el contenido de las mismas, sino por la heterogeneidad de esas enmiendas de cada uno de los partidos y de los grupos que componen el Grupo Mixto.

Es decir, tampoco hubiera existido, como se ha demostrado en la presentación de las enmiendas parciales al texto, una unanimidad o una hetero... una homogeneidad en lo que se refiere a la propia presentación de las enmiendas por los miembros del Grupo.

Y, por lo tanto -como digo-, esto viene a dar la razón de que hubiera sido prácticamente imposible un consenso político previo en la presentación de esta Ley, como nos hubiera gustado, por otra parte, a este Grupo Parlamentario, por parte de todos los Grupos de la Cámara.

Y esto es así, y esto viene también a dar la razón en lo que se refiere al propio proceso de desarrollo del Estatuto de Autonomía, en el que una de sus facetas ahora estamos contemplando. Y lo digo claramente porque -como Sus Señorías saben- en el proceso de reforma de nuestro Estatuto de Autonomía, y que culminó en la modificación del año noventa y ocho, efectivamente, se tuvo conversaciones -como no podía ser de otra manera en ámbito parlamentario- con todos los Grupos. Estas conversaciones no culminaron en un acuerdo total de todos los Grupos Parlamentarios y de todos los partidos representados en ese momento, y tampoco esta iniciativa legislativa, que constituye un desarrollo del propio consenso estatutario que se alcanzó en el año noventa y ocho, tampoco -como decimos-, aunque en muy menor medida, no ha supuesto o no... no debería haber supuesto ningún consenso previo en lo que se refiere a la posibilidad de presentar por todos los Grupos de la Cámara una iniciativa conjunta de desarrollo estatutario.

Y esto es así porque, independientemente y de que, lógicamente, existen distintas sensibilidades en todos y cada uno de los Grupos de la Cámara y en todos y cada una de las fuerzas políticas en ellos representado -como digo-, también se ha demostrado en las distintas enmiendas, y la naturaleza totalmente heterogénea de las mismas, presentadas a esta iniciativa legislativa.

Entrando ya más directamente en las enmiendas presentadas por el señor Rad, las diez enmiendas que se presentaron, de las cuales quedan ocho para esta Comisión, puesto que en fase de Ponencia dos de ellas fueron retiradas por el propio Proponente, sin ánimo de hacer un análisis exhaustivo de todas y cada una de las enmiendas, porque algunas se pueden agrupar por la naturaleza de las mismas, pero sí distinguiendo claramente lo que son aspectos de democracia representativa -que es... en la sede de la que hoy estamos- de los aspectos de democracia directa, que es lo que queremos regular: la participación directa de los ciudadanos en esta... en estas funciones legislativas, sí que tengo que hacer algunas apreciaciones en este sentido.

Como sabemos, pues la democracia en el sistema constitucional y estatutario en el que estamos inmersos, hasta ahora, en nuestra Comunidad Autónoma existen dos vías de iniciativa legislativa, que están constituidas -como en toda España- por las iniciativas de los Gobiernos y de los Parlamentos Autonómicos. Con esta iniciativa legislativa, lo que se pretende dotar esta Comunidad Autónoma es de una tercera y de una cuarta vía de iniciativa legislativa. No sólo la tercera vía, sin ponerla, lógicamente, ningún tipo de orden de preferencia con respecto a las demás de iniciativa legislativa popular, es decir, de los ciudadanos, de la participación directa en la iniciativa de la elaboración de las leyes, sino también de la cuarta iniciativa, que sería la participación... -y que esto sí que constituye, en cierta medida, una cuestión novedosa con respecto a otras Leyes de Iniciativa de otras Comunidades Autónomas- la participación en esta iniciativa legislativa de los propios Ayuntamientos, es decir, de las Corporaciones Locales en las... de las que en esta Comunidad Autónoma tenemos los más abundantes ejemplos en número de todas las Comunidades Autónomas de España.

Pero -como digo-, si ya la propia iniciativa legislativa del sistema que ahora tenemos, de democracia directa, tanto en la iniciativa del Gobierno, de la Junta de Castilla y León, como en la iniciativa de las propias Cortes de Castilla y León, tiene sus propios límites, no podemos en ningún momento que estos límites que juegan ya para las otras dos iniciativas legislativas que ahora mismo se pueden ejercer dentro de nuestra Comunidad Autónoma desaparezcan para las iniciativas legislativas que pretendemos poner en marcha para las dos vías que pretendemos poner en marcha con la aprobación de esta Ley. Y me estoy refiriendo no sólo a límites de fondo, sino a límites de forma. Y me estoy refiriendo a algunos límites de los que Su Señoría, el señor Rad, ha presentado determinadas enmiendas a esta Proposición de Ley, esta Proposición de Ley con iniciativa, precisamente, en esas Cortes Regionales, por parte de algunos Grupos; tanto límites de fondo como límites de forma, que no miedos -como han sido calificados por parte del Enmendante-, a determinados artículos y a determinados límites, que tienen que jugar -como digo-, porque también juegan su papel en la propia iniciativa legislativa que ahora se pueden... que ahora se puede efectuar en esta Comunidad Autónoma, tanto de la Junta de Castilla y León como de estas Cortes de Castilla y León.

Y las limitaciones... -como digo- o, si quieren ustedes, llámenlas cautelas legales, porque están también contenidas no sólo en esta iniciativa legislativa, sino en todas las iniciativas de todas las leyes similares que rigen no sólo en la Ley estatal, sino en las leyes de todas las Comunidades Autónomas; estas cautelas legales de forma, también lógicamente -como no podía ser de otra... de otro modo-, se establecen en el propio texto que hoy analizamos. Y están contenidas las cautelas de forma en los Artículos 2 y 3, que son las que se refieren a la propia iniciativa de los ciudadanos, como a la propia iniciativa de los Ayuntamientos.

Y, por lo tanto, desde nuestro punto de vista, son meros límites formales, porque en algún punto, junto con el Artículo 4, que se establecen las causas de inadmisión y la motivación de las mismas, se tienen que establecer los propios límites de que se dota a la iniciativa a estos dos nuevos -por así decirlo- colectivos (los ciudadanos en general y los Ayuntamientos) para que, de forma sistemática -si así lo requieren-, puedan usar la iniciativa legislativa.

Por lo tanto, y por este razonamiento, en principio, quedarían excluidas las Enmiendas 1, 2, 3 y 4, que tienen... que contienen, bueno, pues... que contienen los límites formales expresados en los Artículos 2, 3 y 4, y que con las enmiendas del señor Rad se pretenden aminorar o pretende que desaparezcan estos límites formales.

Y también hay otros límites, también de fondo, que son los expresados en el Artículo 4, y que son similares a... -como digo- a otras leyes de otras Comunidades Autónomas y de todas... y, por supuesto, de la ley matriz o de la ley de todas, que es la primera que se produjo, que es la Ley estatal.

Independientemente de estas modificaciones, ya expresamos en fase de Ponencia -puesto que estuvo en la misma- al señor Rad nuestra oposición a la Enmienda número 2, que es el del Artículo 3, y a la Enmienda número 9, del Artículo 18, por las que se pretende que la mayoría absoluta que se requiere en cualquier Pleno de Ayuntamiento para que se inicie la... bueno, pues la creación o la iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos, se transforme en unanimidad. En este caso sí que existe un verdadero límite prácticamente infranqueable -a nuestro juicio- en estas enmiendas para que un Ayuntamiento se pronuncie a favor de una iniciativa legislativa en cualquier sentido, puesto que hace depender de un solo voto, lo cual no pasa en ningún otro acuerdo municipal, de que por un solo voto, muy digno y muy bien representado, de un Concejal se bloquee una iniciativa que quiera la inmensa mayoría de esa Corporación Municipal poner en marcha.

Por lo tanto, aparte de las razones que le he expresado, muy especialmente, tanto la Enmienda número 2 como la Enmienda número 9, no nos parece sino que lo que hace es limitar más los límites que usted quiere que desaparezcan en otro tipo de enmiendas. Es decir, si una propia Corporación Municipal, ni siquiera en la aprobación de su presupuesto y ni siquiera en cualquier tipo de elección o de cualquier tipo de adopción de acuerdo, no se exigen nunca para nada, para ningún asunto, ninguna unanimidad en cuanto a la toma de decisión y de acuerdo de esa Corporación Municipal, para un asunto tan importante como es poner en marcha una iniciativa legislativa que quiera esa propia Corporación Municipal, nos parece que incluso... Podríamos aceptar que se rebajara el límite, es decir, que incluso fuera mayoría simple; pero ya que en la Ley, en la propia Proposición, se exige mayoría legislativa para ponerla en marcha, no entendemos que usted quiera subir esa mayoría... mayoría absoluta a unanimidad de la Corporación Municipal para poner en marcha una iniciativa legislativa por parte de ese Ayuntamiento.

Es decir, eso sí que creemos que es un límite prácticamente infranqueable, y no, ni mucho menos, el número tanto de firmas como de Ayuntamientos que se exigen en esta propuesta para poner en marcha una iniciativa legislativa tanto de los ciudadanos como de los Ayuntamientos.

Y en... Otro... otra serie de cuestiones, ya he dicho que sin ánimo de ser exhaustivo, pero sí en algunas enmiendas parciales, como es las referidas... la Enmienda número 8 y la número 10, referidas a los Artículos, respectivamente, número 15 y número 21, tampoco estaríamos de acuerdo en que la Comisión Promotora que interviniera en esa iniciativa legislativa popular o de los Ayuntamientos se constituyera -por así decirlo-, durante la tramitación de esa iniciativa, en un Grupo Parlamentario más que interviniera en el debate de la Cámara, tanto -como dice usted- con las mismas funciones y con los mismos tiempos que cualquier Portavoz de cualquier Grupo Parlamentario.

Nosotros creemos que ésta es una iniciativa -como digo- de tercera y cuarta vía, que no... en el tiempo, pero que no de tercera y cuarta categoría; eso que quede bien claro, porque las iniciativas legislativas -a nuestro juicio-, las cuatro, las dos existentes y las otras dos que se piensan poner en marcha, tienen la misma categoría, porque desembocarían en una aprobación de una ley del mismo rango. Pero sí que no podemos aceptar que -como digo- para la tramitación de este tipo de iniciativas la Comisión Promotora sustituya la representación, es decir, el sistema institucional de que nos hemos dotado en democracia representativa. Solamente sería para la iniciativa. La tramitación parlamentaria -a nuestro juicio- no debe de ser distinta de cualquier otra... texto que desemboque en una ley.

Y, por lo tanto -como digo-, y por estas razones más concretas, también rechazaríamos estas enmiendas, que, en principio, por lo tanto, sí que mostramos nuestra oposición a las ocho enmiendas que superviven o que todavía están vivas del señor Rad en esta materia. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de réplica, señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Bien. Gracias, señora Presidenta. Pues voy partes. Y hablando, primero, del consenso político previo, ¡hombre!, es evidente que somos muy distintos, y más... la heterogeneidad es mayor en el Grupo Mixto. Yo entiendo que ustedes, los partidos -digamos- centralistas tienen bastantes cosas en común, y para acuerdos de Estado, pues, también saben entenderse (acuerdos de Estado o su reflejo pálido en nuestra Comunidad Autónoma). Yo no voy a pretender nunca firmar acuerdos con los que no esté plenamente de acuerdo con respecto a la ideología de mi partido.

Desde luego, difícil es llegar a un acuerdo si, previamente, pues, ni siquiera te convocan a una mesa, previamente ni siquiera saben tu opinión, o previamente ni siquiera se pretende nada. O sea, aquí no nos vamos a andar con disimulos; lo que se ha pretendido es una labor publicitaria, porque interesaba ahora, tras una época de relaciones, a lo mejor, crispadas -que también habría que planteárselo y preguntarse por qué eran crispadas o por qué no eran crispadas, o qué grado de crispación había, o si es un grado normal en la vida política-, pues interesaba dar una visión de consenso, una visión de cambio y... y demás. Y eso es lo que se ha dado. Y se ha utilizado esta iniciativa legislativa popular y las otras tres... otras dos iniciativas que quedan pendientes, pues, para esa labor de imagen, no nos engañemos. Y cuando no interesa esa labor de imagen, pues seguirán dormidas ahí otras reformas, como, a lo mejor, la reforma del Reglamento, que podía haberse introducido, también, al mismo tiempo, o la reforma el Reglamento del Procurador del Común, que ahí veo que tampoco ese espíritu de consenso, pues, o les ha fallado o algo ha... o algo ha ocurrido. En todo caso, pues a lo mejor la situación era distinta, y a lo mejor alguna de las iniciativas que aquí se han presentado... pues no ha sido... no hubiera sido necesario presentarlas.

Desde luego, nosotros estamos bastantes tranquilos, porque, a pesar de que no haya un consenso previo, pues después hay un procedimiento donde también es posible el diálogo, que es el procedimiento parlamentario de tratar esa Ley. Y, bueno, la realidad es que en algunos de los puntos que nosotros considerábamos que eran los puntos claves de esta Ley, pues, me parece que tampoco va a haber ni ese consenso ni ningún diálogo posible.

Desde luego, hay un tema que nosotros lo hemos meditado bastante, y es la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos, sobre todo la presentación de esa enmienda, pues, que la hace quizá más restrictiva. Efectivamente, la hace quizá más restrictiva; pero, de alguna manera, nosotros, si la hemos planteado es por la igualdad de todos los ciudadanos ante un determinado mecanismo. Y lo que no me parece normal es que sea tan restrictivo con respecto a la participación de los ciudadanos, que les ponga cuotas, incluso cuotas territoriales, y, por otro lado, pues se les considere representados por un acuerdo de la mayoría. Entiendo que si queremos que se representen a todos los electores que están en un Ayuntamiento, entiendo que el acuerdo tiene que ser de unanimidad.

No obstante, éste es un tema que -como digo-, pues, también nosotros, pues, lo hemos tenido en suspenso, y al final he decidido mantener la... hemos decidido mantener esta enmienda, pues, mientras no se quiten las restricciones que existen a nivel de ciudadano. Desde luego, cautelas legales o restricciones, pues yo recuerdo una Proposición No de Ley que se aprobó en el Pleno sobre los eufemismos de las palabras. Es decir, yo prefiero llamarlo restricciones; y yo creo que algunas restricciones, pues, no son necesarias; o, por lo menos, estamos en un grado de desarrollo democrático, y yo creo que... de las instituciones regionales, que no las hacen necesarias.

Y, desde luego, que no se puedan plantear la ordenación territorial por una iniciativa legislativa popular, o algún aspecto concreto de la ordenación territorial, pues no... no lo entiendo y lo sigo sin entender. Yo seguiré manteniendo esta posición, pues, ahora y siempre.

No obstante, como parece que el tema está ya bastante cerrado, pues no me voy a extender más. Ahí están las enmiendas. Desde luego, a mí el tema de la defensa de una iniciativa legislativa popular en el Parlamento, pues no sé, me parece una cosa, por lo menos, elemental. ¿Que no tenga los mismos tiempos, o la misma capacidad, o la misma consideración que un Grupo Parlamentario? Pues bien. Pero, bueno, la defensa yo creo que ya, en un mundo donde hemos visto incluso a los zapatistas hablar ante el Congreso de Méjico, pues yo creo que no veo de más que las personas que han tenido una iniciativa, que han hecho el esfuerzo ímprobo de recoger treinta mil firmas acreditadas y de presentarlas, no le veo de más que tengan, por lo menos, la posibilidad de exponer esa iniciativa en un Parlamento que debe estar abierto a los ciudadanos.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Rad. En turno de dúplica, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señora Presidenta. Muy brevemente también, porque ya se han abordado, pues, las ocho enmiendas con anterioridad, pero sí que quería hacer algunas precisiones. Yo he comenzado hablando de un clima de consenso político importante; pero, o no me ha escuchado o no me ha querido escuchar el señor Rad, yo no le he dicho que este clima de consenso político importante haya empezado hace dos meses, hace cuatro meses.

Yo me he empezado refiriendo a la aprobación, por parte de los dos Grupos mayoritarios de esta Cámara, en la anterior Legislatura -ni siquiera en ésta- del Estatuto de Autonomía de Castilla y León modificado. Y fruto -y no de otras cuestiones- de esa modificación del Estatuto de Autonomía del año noventa y ocho es el desarrollo estatutario en el que se enmarca esta Ley, con otras dos leyes nuevas, porque lo pone en el propio articulado, según está configurado ahora, del Estatuto de Autonomía modificado.

Es decir, me parece muy bien que usted quiera hacer valoraciones de otro tipo de oportunidad política en lo referente al clima de cualquier tipo que se viva en estos momentos en la Comunidad Autónoma entre los diferentes partidos o las fuerzas políticas, pero no haga mías sus palabras, porque yo no me he referido a ningún clima de consenso de la actualidad, sino a que tiene su origen y su embrión en la reforma, en la última reforma del Estatuto de Autonomía. Y que esto responde y va en la misma línea de lo que se acordó, no ahora, ni hace tres meses, ni hace seis meses por el clima político que exista en este momento, o hace seis meses, en el momento determinado en nuestra Comunidad Autónoma; sino por el clima y por el entendimiento que hubo en su momento cuando la última reforma del Estatuto de Autonomía en el año noventa y ocho, en la anterior Legislatura.

Y fruto de ese consenso, y fruto de esa responsabilidad adquirida son la presentación y el desarrollo estatutario, que tiene su reflejo concretamente en la Ley que hoy estamos debatiendo para su aprobación y para la aprobación, por lo tanto, del Dictamen, si procede, en esta Comisión.

Y es en ese sentido. Nosotros también estamos tranquilos, como usted, porque en ningún momento, desde la presentación de esta Ley, en la que se... de esta Proposición, en la que se remitió a otros Grupos Políticos de esta Cámara, se ha cerrado la puerta a ningún tipo de modificación de la misma, porque ésta era una propuesta dirigida al resto de los Grupos que, por los motivos que fueran, en otros momentos de esta Cámara, no habían participado o no habían probado... no habían aprobado con su participación la modificación del Estatuto de Autonomía que... de que ahora estamos dotados. Y, por lo tanto, como en ese momento, la aprobación de esas modificaciones se llevaron a cabo por determinados Grupos Políticos, pues las conversaciones para hacer ese desarrollo estatutario han comenzado por esos Grupos Políticos, pero en ningún momento dejando la puerta cerrada ni a la intervención ni a la enmienda, por supuesto, no sólo desde el punto de vista formal -que, lógicamente, debe ser así-, pero desde todo punto de vista y a todas las conversaciones que hayan... en las que hayan querido participar otros Grupos Políticos representados en esta Cámara.

Y solamente voy a hacer referencia a dos de las Enmiendas citadas, porque son las que ha citado usted en su última intervención, que son las referentes... la número 2 al Artículo 3 y la número 9 al Artículo 18, que son las referentes -como digo- a la pretendida unanimidad para alcanzar los acuerdos de iniciativa legislativa por parte de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma.

E independientemente de que por parte de su fuerza política o de otros partidos políticos crean, y así lo pondrán de manifiesto -estoy seguro- en sus intervenciones, que existen para ustedes diversas contradicciones en este texto que se ha presentado, yo creo que es una contradicción netamente flagrante la que usted hace, en el sentido de rebajar el número de firmas de ciudadanos que deben aportarse para iniciar esta iniciativa legislativa popular y quitar algunas representaciones de las provincias, con la pretendida unanimidad por parte de algunas Corporaciones Locales. Usted, efectivamente, y así lo estoy viendo, mantiene el número de treinta mil electores para iniciar la iniciativa legislativa popular, aunque sí que corta en ese artículo otra serie de cautelas, restricciones, llámeles cómo quiera, limitaciones legales que se pretenden establecer en la misma. Pero -como digo- la contradicción está en que luego, por parte de la iniciativa de los Ayuntamientos, usted quiere que esa iniciativa municipal sea unánime. Es decir, que cualquier Ayuntamiento que represente a ciento sesenta y cuatro mil electores, ciento setenta mil, como Burgos, Salamanca o León, o, más incluso, Valladolid, su acuerdo sea unánime. Y, sin embargo, no aprecia esa particularidad en otra serie de iniciativas, como la iniciativa legislativa de los ciudadanos.

Por tanto, a nuestro juicio, ésa sí que es una contradicción que aquí hemos hecho notar, y que usted -pues como bien ha dicho- ha pensado en algún momento en retirar, pero que, por los motivos políticos legítimos que hayan sido, pues efectivamente, usted no ha considerado oportuno retirar, aunque, por lo menos, sí que nuestro ánimo... en nuestro ánimo está que le hemos llevado a la reflexión de que podía existir una contradicción entre esas dos cuestiones. Y en ese sentido -como digo- nos reiteramos en la oposición a sus Enmiendas, y vamos a mantener el voto contrario a las mismas. Nada más.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de fijación de posiciones, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Gracias, señora Presidenta. Para hacer un turno de fijación de posiciones único a lo largo de esta Comisión. En primer lugar, corroborar y congratularme de las palabras del Grupo Mayoritario, en el sentido de que es verdad que arranca del acuerdo de modificación del Estatuto, lo que era el desarrollo estatutario, esta Ley que estamos hablando. Una Ley que completa -como digo- este desarrollo estatutario y da forma a lo que recoge el propio Estatuto modificado, da cumplimiento al precepto constitucional, como es claro, de la democracia directa frente a la democracia representativa y lo completa como tal, y, desde luego, algunas novedades que sí se han introducido -yo no estoy de acuerdo en que no haya novedades-, algunas novedades que se han incluido en el texto que yo creo que mejoran el de otros textos de otras Comunidades Autónomas.

Por encima de estos preceptos y de estos criterios, está claro que valoramos el consenso y el acuerdo en esta Ley, para afrontar -como digo- un desarrollo estatutario interesante para la Comunidad de Castilla y León. En este sentido, nos parece que los requisitos de la Ley son razonables en los ratios del número de habitantes en comparación con otros textos. También en lo referente a Ayuntamientos, y, desde luego -evidentemente, se podrá decir lo que se quiera-, todos los Grupos Políticos hacen pactos en distintos ámbitos, y me imagino que los hacen, y los rompen cuando les es interesante políticamente.

Y en ese sentido, pues, ver que en el desarrollo de las propias... en el propio texto y en las propias enmiendas no son más allá de media docena las enmiendas de carácter -digamos- sustantivo. De treinta enmiendas, yo creo que es razonable, por lo menos, llegar a un acuerdo para aprobar casi el 50%, estamos en un texto que, al final, no son sustantivas más allá -como digo- de seis u ocho enmiendas. Seguramente, es culpa de todos no haber podido llegar a un acuerdo definitivo sobre los ratios de habitantes o de Ayuntamientos, que me imagino que aún podríamos estar a tiempo de poder ultimar.

Y, sencillamente, corroborar que esta iniciativa, desde mi punto de vista, sólo es excluyente con aquellos que pretenden excluirse directamente de lo que es el desarrollo de la Comunidad Autónoma y la vertebración. Los que estamos apostando por la Comunidad de Castilla y León como tal, pues yo creo que podemos llegar incluso a ultimar acuerdos en la linea de lo que los dos Grupos Mayoritarios hemos acordado. Nada más. Muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Benito. Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos a... favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. Resultado... ¿Abstenciones? Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: uno. Votos en contra: quince. Queda rechazada la enmienda.

Pasamos a la Enmienda número 2 del Procurador don Antonio Herreros. Para un turno a favor, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señora Presidenta. Señorías. Yo también pretendo, si me lo permiten, hacer una defensa global de las diecinueve enmiendas parciales que en su momento presentamos, y que la pretensión, pues, lógicamente, era buscar fórmulas de modificación de un texto que, a nuestro juicio, tiene una carga de carácter restrictivo, tiene incluso una presentación en algunos apartados muy a la defensiva, e incluso planteamientos de "no se podrá hacer", "no se podrá tratar", "no se podrá incluir", cuando creemos que se trata de todo lo contrario, de abrir cauces de participación, y... incluso las excepciones habría que tratarlas diciendo "se puede todo, menos lo que se entienda que tiene un carácter insuperable", según la propia concepción que tengamos de la democracia.

Desde luego, a estas alturas, en democracia no debería de existir ningún tipo de dificultad para que todos los temas sean discutidos y discutibles; lo cual no quiere decir que sean aprobados o aprobables. Pero negar de antemano ya, por unas formas u otras, la posibilidad de esa participación, nos parece una limitación importante desde el punto de vista democrático.

Y, además, estamos ante el momento que debemos de pasar de la teoría a la práctica, porque esgrimimos con absoluta tranquilidad los argumentos de participación, pero ahora es el momento de decir: bueno, pues esa participación de la que constantemente hacemos gala, démosla las máximas facilidades para que pueda materializarse.

Yo no quería entrar -porque me imagino que habrá una respuesta de esa misma naturaleza- en los planteamientos iniciales que se han planteado por parte de los Grupos Mayoritarios, en este caso, cuando se esgrimen factores o planteamientos limitantes. Y, piénsese, no lo hago con ningún tipo de intención de incomodar, sino todo lo contrario; piénsese que si ustedes ponen ya límites a la participación al resto de los componentes de estas Cortes, por el hecho de no haber aprobado el Estatuto de Autonomía, están degradando la propia interpretación de lo más elemental de la democracia.

Yo he entendido que había un fruto de lo aprobado en el Estatuto de Autonomía y desarrollo posterior de esa cuestión, y, lógicamente, desde ahí se inicia todo el proceso de participación. Pero como algunos Grupos Parlamentarios, o no estaban... alguno de los Grupos Políticos, o no estaban en estas Cortes, o, los que estábamos, por razones que ya en su día esgrimimos y defendimos, no estábamos de acuerdo con esa reforma del Estatuto de Autonomía, es como que no tuviésemos esa posibilidad de participar.

Pues bien, analícenselo ustedes mismos y verán entonces si realmente estamos en la línea de una participación democrática o de una interpretación restrictiva. Eso es lo que han dicho y consta en el Diario de Sesiones; no me estoy inventando absolutamente nada.

En todo caso, yo creo que es interesante el que podamos tratar de ver si de aquí, todavía, a la... al Plenario que se celebrará al final de mes, pues somos capaces de entender la posibilidad de llegar a algunos acuerdos.

Señorías, el Artículo 2 del Proyecto de Ley de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León, a mí me gustaría que se le pudiésemos dar a una persona con una cultura media en nuestra Comunidad, para que lo pudiese leer tranquilamente y que nos descifrara qué es lo que quiere decir. Porque ése sería, posiblemente, el nivel discrecional de decir: sujeto o persona de nivel cultural medio ha entendido perfectamente el Artículo 2, y entonces ya está en disposición de poder poner en marcha una iniciativa legislativa popular o de cualquier otra naturaleza.

Es complejo, es complejo. Porque no sólo son ya los treinta mil electores o las firmas de los treinta mil electores, al menos, que se pretenden para garantizar un procedimiento de iniciativa legislativa popular, sino que tiene que ser correspondiente a la mayoría de las circunscripciones, es decir, al menos a cinco circunscripciones de la Comunidad. Y no sólo a cinco circunscripciones, sino que después tienen que representar en cada una de ellas, como mínimo, al 1% del respectivo censo provincial, ya no digamos vigente al día de la presentación de la iniciativa y demás cuestiones.

Con lo cual, nos encontramos que hay una serie de provincias que necesitan, en virtud de su censo demográfico, un número no inferior de firmas en torno a las cinco mil... cuatro mil quinientas/cinco mil, para entendernos.

Y, lógicamente, otras provincias que podrían buscar una fórmula compensatoria y, en virtud de esa misma interpretación, disminuir. Muchas cautelas, excesivas cautelas.

Excesivas cautelas porque, a nivel del Estado, que yo en estos momentos recuerde, ha habido dos iniciativas legislativas: una sobre enseñanza, promovida por Comisiones Obreras; otra sobre las treinta y cinco horas por Ley, promovidas, entre otros, por Izquierda Unida. Y después de conseguir en ambas más de setecientas mil firmas -quinientas mil son el límite-, el Congreso de los Diputados tiene, en último extremo, la potestad para decir si se trata o no se trata. Y en ninguno de los dos casos ha sido aceptado por el Congreso de los Diputados el tratar las dos iniciativas legislativas, con lo cual se cercena la posibilidad de la participación.

Hay un hecho absolutamente evidente, y es que aquí, aunque se quieren poner al mismo rango las iniciativas legislativas o las formas para acceder a una iniciativa legislativa... sí lo son en cuanto a la materia, sí lo son en cuanto al contenido; no lo son en cuanto a la forma, porque también se guarda, lógicamente, la potestad de la Cámara para decir "se admiten a trámite", "no se admiten a trámite", a pesar de todas esa serie de circunstancias.

Yo no digo si sí o si no; lo que sí digo es: no las pongamos en el mismo rango. Las pongamos en el mismo rango en cuanto a que si son... si llegan a acceder a esa naturaleza, entonces la materia sí, hasta ahí podíamos ya llegar, a decir: "no, mire usted, además de las limitaciones constitucionales y estatutarias desde el punto de vista competencial, además vamos a poner más limitaciones: sólo pueden ustedes presentar iniciativa legislativa popular sobre el garrapatillo en los cereales en la Comarca de Campos".

Mire usted, recojamos velas, guardemos el Proyecto de Ley y digamos: no hay ningún tipo de necesidad razón de tantos límites y de tantas cortapisas.

Entonces, nosotros defendemos que sean veinte mil, que ya es un número importante de firmas para que después pueda tomar la determinación la Cámara, la Mesa, diciendo: "sí se puede tratar"; "no se puede tratar"; y no pongamos limitaciones de otra naturaleza.

Porque, lógicamente, entendemos que esto no sustituye al resto de las fórmulas de iniciativa legislativa; con lo cual, lo que se pretende en la mayor parte de las ocasiones no es fórmulas viciadas o subrepticias de llegar a las Cámaras, porque ya existen organizaciones políticas, Grupos Parlamentarios que pueden perfectamente y hacer habitualmente toda esa labor.

¿De qué se trata? Se trata de motivar; se trata de promover, se trata de sensibilizar; se trata de eso que muchas veces decimos pero que, a la postre, si no le damos fórmulas a la sociedad, será muy difícil que se lleve a cabo. Y es: se trata de articular, en cierto modo, a la sociedad; se trata de motivar el romper con una cierta atonía, que no sigan en muchas ocasiones viéndonos como una especie marginal y marginable -salvo cuando estamos en las Cortes- a quienes nos dedicamos a esta tarea de la política. Y es promover el que haya iniciativas que vayan con un cierto respaldo, que vayan con un cierto debate hecho en la sociedad.

Pero, si ponemos ya cortapisas, obstáculos... tan difíciles de salvar desde el primer momento, yo me atrevo casi a asegurar que va a haber muy escasa posibilidad de promover esos debates, esas iniciativas, ese revulsivo en la sociedad para que todo lo que nos preocupa o entendemos que nos preocupa -y que les preocupa a ellos- sea motivo de debate y, por tanto, haya una mayor cultura política; la necesitamos, la necesitamos nosotros, la necesita la sociedad. Y éste es el momento en el que tenemos la oportunidad de promover iniciativas de esa naturaleza; porque, de lo contrario, insisto, yo creo que es prácticamente imposible.

Ya no sólo eso, sino que en el Artículo 3 no sólo se reiteran, prácticamente, todas las condiciones del Artículo 2, sino que, además, se plantea que sea al menos treinta y cinco Ayuntamientos de nuestra Comunidad. ¡Con lo difícil que nos resulta ponernos de acuerdo a muchos menos de treinta y cinco...! Bueno, pues hasta treinta y cinco.

Señorías, un trámite de esta naturaleza, que pasa por el filtro previo de hacer un análisis, una reflexión y un debate en una, dos, tres... hasta seis Corporaciones Municipales que nosotros planteamos, ya lleva el suficiente tamiz, el suficiente filtro como para decir... bueno, no van a presentar algo demencial, algo que no tenga ningún tipo de valor.

Pero, además, es que sigue teniendo las mismas cortapisas o los mismos límites. Una vez llegada la conclusión del número de Corporaciones que lo han aprobado, resulta que las Cortes tienen todavía la potestad de decir sí o no; con lo que, lógicamente, estamos poniendo un límite, otro límite, otro límite, que son perfectamente franqueables. A nuestro juicio, yo creo que es... son limitaciones excesivas.

Bueno, yo, esas dos enmiendas me parece que son sustanciales para que se tomen en consideración para que incluso se puedan rebajar sin ningún tipo de problema.

Tratábamos, por otra parte, de que sean seis o más Ayuntamientos cuyos municipios cuenten en conjunto un censo igual o superior a veinte mil electores, para que no se produzca el fenómeno de, bueno, pues... la disociación entre lo que son veinte mil firmas o lo que son la representación municipal de al menos veinte mil firmas o veinte mil electores.

Y, por otra parte, que se trate de diez o más Ayuntamientos de municipios limítrofes, sea cual sea el número de electores de los mismos en la fecha de presentación de la iniciativa ante la Mesa de las Cortes. Quiere decir: facilitemos la labor de poder acceder, de poder trabajar, de poder atender esas iniciativas.

Es posible una serie de, lógicamente, elementos compensatorios que son, a nuestro juicio, los de hacer la defensa de su propia iniciativa legislativa, una vez que se ha obtenido el número suficiente de firmas. Bueno, pues se dice de la presentación... bueno, quien permite la presentación permite, en definitiva, la apertura del debate y, en la práctica, la defensa de esa iniciativa legislativa popular. No sé por qué esa dificultad de no pasar la barrera... -estoy hablando, concretamente, de la Enmienda número 15-, pasar la barrera de lo que es la mera presentación de la iniciativa legislativa, una vez que han cubierto los plazos, las formas, e incluso la admisión a trámite por parte de la Mesa o de las Cortes, bueno, pues que pase a hacer la defensa. Para mí le presentación, la defensa, prácticamente son fenómenos similares; otra cosa es que sólo se le dé la oportunidad de una intervención, y con eso, pues, no haya más posibilidades de defensa por parte de los que hayan tenido esa iniciativa legislativa popular.

Y otra de las Enmiendas que anda en la duda, es... son... es la número 17, en la cual se hace alusión a las cuantías de a percibir como compensaciones económicas siempre y cuando la Proposición haya alcanzado su tramitación parlamentaria, es decir, absolutamente superados todos los límites establecidos hasta el momento. Entonces, nosotros ahí hemos hecho, lo confieso, una simple valoración de lo que una campaña tan elemental como fue aquella de las treinta y cinco horas por ley, nos supuso en todo el dispositivo propagandístico, todo el dispositivo de promoción, y no te sale una cuantía inferior a ese precio en absoluto en el contexto nacional. Bueno, pues ahí todavía podría caber la posibilidad de modulación.

El resto de las enmiendas parciales, no voy a hacer el recorrido de ellas, aunque sí me gustaría porque en algunas de ellas son fórmulas aclaratorias, son fórmulas de facilitación, sobre todo desde el punto de vista del trato que debe de tener los que han tenido esa iniciativa legislativa; porque en algunas ocasiones, posiblemente por olvido, posiblemente porque se da por supuesto, posiblemente, pero lo que no figura en Ley es difícil que pueda ser exigido, como son la publicidad en los medios de comunicación propios de las Cortes, como son Boletines y demás, o el hecho de que pueda tenerse o tomarse la reconsideración de una negativa inicial a la Comisión Promotora ante la primera respuesta que se dé por parte de la Mesa; es decir, no se toma eso en consideración por diversas razones y, entonces, que pueda hacer, al margen de los recursos correspondientes ante los tribunales correspondientes, la toma en consideración, o reconsideración por la argumentación que se pueda dar por parte de la Mesa de las Cortes o las propias Cortes en su análisis.

Por otra parte, se emplazan en tiempos algunas de estas cuestiones para que aquello de los silencios administrativos no tenga que entrar a funcionar. Yo soy de los que pienso que cuando una Administración recibe un comunicado, una solicitud, una sugerencia, o cualquier otro planteamiento de cualquier administrado, o de cualquier ciudadano o ciudadana, lo lógico no es dejarlo ahí a ver si se olvida, el silencio administrativo (que, en unos casos, puede ser positivo, en otro casos puede ser negativo, en virtud de lo que la potestad legislativa haya dictaminado en términos generales o en aspectos concretos); yo creo que es de buena educación simplemente: yo recibo una carta, contesto, afirmativa o negativamente lo contesto; lo que no tiene sentido es que la Administración diga: "bueno, un escrito, pues no le contesto, pues, ya está". Me parece una forma poco elegante de hacer las cosas.

Y, en la práctica, yo no reiteraría los argumentos de las distintas enmiendas porque creo que son bastante generalizables lo que son fórmulas de facilitación del procedimiento administrativo, de cualquier trámite de iniciativa legislativa, en este caso concreto aplicado o convertido en forma de ley para la ciudadanía de Castilla y León. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Herreros. ¿Algún Grupo desea consumir un turno en contra? Señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. Consumimos un turno en contra, como el señor Herreros según lo establecido reglamentariamente ha comenzado por la Enmienda número 2, aunque ha defendido todas las demás, nosotros vamos a consumir un turno en contra de la Enmienda número 2 y de otras que le voy a citar. Pero, en coordinación con el otro Grupo Proponente de esta Proposición de Ley, vamos a aceptar algunas enmiendas que paso a enumerar para que tome nota la Mesa, en las que vamos a estar de acuerdo en la aprobación de las mismas y, por lo tanto, no voy a pasar a discutir éstas.

Le vamos a aprobar, en principio, porque nos ha parecido razonable, y en este clima que estamos comentando de flexibilidad, una serie de enmiendas relativas al texto, y son las siguientes: la Enmienda número 4, la 5, la 6, la 7, la 8, la 9, la 11, la 12 y la número 19. Es decir, un total de nueve enmiendas que los Grupos Proponentes creemos que enriquecen el texto presentado a esta Cámara y que, como digo, la flexibilidad en la elaboración de este texto no sólo hay que cifrarla en la propia iniciativa legislativa que nos ha llevado a la presentación del mismo, sino que hay que cuantificarla y que hay que demostrarla, como lo estamos haciendo en este momento, aprobando una serie de enmiendas que creemos que enriquecen el texto y que demuestran la flexibilidad en lo que se refiere a las aportaciones por parte de otros Grupos de la Cámara al propio texto legislativo que pretendemos y que no perdemos la esperanza que sea aprobado, no por la inmensa mayoría de la Cámara, sino por la totalidad de la misma.

Y ya entrando en algunas cuestiones puntuales, y sin referirme, lógicamente, a las nueve enmiendas de las diecinueve que estos Grupos hemos considerado que enriquecen el texto y que aportan de una manera sustancial al mismo, en consonancia con lo establecido en él de las cuestiones que estamos tratando, y sin perjuicio, señor Herreros, de que en posteriores trámites parlamentarios -y así lo estamos también considerando y sabe usted que también en este sentido se han mantenido algún tipo de conversaciones con Su Señoría- también dejamos la puerta abierta a que otras, al menos cuatro o cinco de las enmiendas que en este momento se van a rechazar en Comisión, pudieran incorporarse a este texto legislativo (estamos pendientes del estudio por parte de los Grupos Mayoritarios de poder asumir alguna más, algunas más de las enmiendas que en este trámite de Comisión se van a rechazar). Pero que sí que quiero referirme, porque lo ha hecho usted sustancialmente, algunas de las cuales en este momento en Comisión vamos, por parte de este Grupo Parlamentario, a rechazar por las razones que voy a pasar a exponerle. Y sin hacerle, por lo tanto, ninguna consideración, ya digo, a otras cinco enmiendas que, posiblemente, nos podamos poner de acuerdo los Grupos Parlamentarios para que sean admitidos en el subsiguiente trámite de esta Cámara Legislativa.

Pero sí que quiero referirme al rechazo por parte de este Grupo Parlamentario a dos de las Enmiendas en concreto, y que son la número 2 y la número 3, que hacen, respectivamente, y en consonancia, pues, referencia a los Artículos 2 y 3 de este texto legislativo.

Sin pretender, pues, reproducir anteriores debates ni razonamientos expresados con otra organización política que ya ha mantenido este Grupo Parlamentario anteriormente, en el otro turno en contra, sí que quería hacerle alguna serie de consideraciones.

Nosotros pensamos... desde un punto de vista, lógicamente, general, nosotros pensamos que, independientemente de los acuerdos que, en un momento concreto, y para una cuestión determinada como es ésta, se alcancen, los acuerdos siempre son de mínimos. A usted no se le escapa que, independientemente de que esta Proposición haya sido presentada por dos Grupos Parlamentarios de esta Cámara, lógicamente, ambos Grupos tenían, en principio, como usted también lo tenía, y así lo presentó en esta Cámara en su momento, otro texto distinto del que, al final, se ha presentado por ambos Grupos; es decir, se ha llegado a un consenso, a un acuerdo... Que los acuerdos siempre son de mínimos, es decir, ninguno puede pretender que haya un acuerdo de máximos en el que se contemplen todas sus propuestas y que no se refleje ninguna de las propuestas que tienen los otros Grupos de la Cámara.

Por tanto, éste es un acuerdo de mínimos, y creemos que en este sentido es francamente positivo; y también con usted, señor Herreros, pretendemos llegar a un acuerdo de mínimos. Nosotros conocemos su propuesta en este sentido porque, como digo, ha sido ya publicada en esta Cámara. Le puedo confesar también que en las conversaciones mantenidas para elaborar esta propuesta que al final se presentó en este Registro de las Cortes se tuvo muy en cuenta la propuesta elaborada por usted hace tiempo, se tuvo sobre la mesa, se estuvo estudiando y se recogieron -como usted sabe, igual que yo- muchas de las cuestiones que en esa propuesta suya en su momento usted planteó. Lógicamente, no cogimos el tenor literal de su propuesta; pero sí que le puedo decir que en gran parte está inspirada también en la propuesta que usted, en su momento, presentó a esta Cámara.

Por lo tanto, como digo, nosotros pretendemos alcanzar un acuerdo de mínimos, dejando aparte las cuestiones formales de la elaboración de esta propuesta y teniendo muy presente que, como digo, uno de los textos básicos que nos han servido para llegar a un acuerdo al Grupo Parlamentario Popular y al Grupo Parlamentario Socialista también estaba encima de la Mesa, como le repito, la propuesta que usted en su momento hizo para regular esta materia, en nuestro juicio tan importante, como es la iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma.

Sin embargo, sí que voy a discrepar en dos cuestiones, fundamentalmente, que son las enmiendas a que he hecho referencia con anterioridad y los artículos citados.

En lo que respecta a la Enmienda presentada al Artículo 2, usted, bueno, cree, legítimamente, que la cifra de treinta mil electores es excesiva para una población como la que tiene nuestra Comunidad Autónoma. Yo voy a repetir aquí otros argumentos que ya hemos hablado algunas veces, y es que no es ni más ni menos que una cifra similar, homologable, a cualquier otra ley que se contemple de estas características en cualquier otra Comunidad Autónoma. Es decir, por así decirlo, está en la media aritmética, si quiere usted, aunque no, puede ser que no exactamente, del número de electores que se exigen para este tipo de iniciativas en otras Comunidades Autónomas. Así tenemos, desde Comunidades Autónomas que se exigen, desde un 0,6% del censo electoral, hasta un 2, hasta más de un 2% del censo electoral. Y nosotros hemos cogido una cifra, ya digo, homologable perfectamente como media aritmética a las cifras que se barajan y que están ya aprobadas para este tipo de leyes en otras Comunidades Autónomas y que no es ni nada más ni nada menos que el 1,2% del censo electoral; es decir, el 1,2% de los ciudadanos con derecho a voto de esta Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, creemos que, en ese sentido, por el número de electores, no existe ningún tipo de cortapisas a la hora de plantear esta iniciativa legislativa que se contempla en la Proposición de Ley que hoy estamos... que hoy estamos contemplando.

Al igual, por lo tanto, y en orden similar porque esta es una... debe ser, iniciativas legislativas de ámbito regional, porque así debe legislar también la Cámara Legislativa, es decir, las Cortes de Castilla y León, que es homologable perfectamente con lo que hemos pedido, que es una barrera de solamente el 1% del censo electoral de cinco provincias; es decir, ni siquiera el censo electoral de todas y cada una de las provincias de nuestra Comunidad Autónoma, sino de la mayor parte de las provincias de la Comunidad.

Y usted mismo ha admitido que incluso en esta Ley no se contemplan otras cautelas, como en la Ley estatal, de que las Cortes puedan o no, por voluntad tratar acerca de lo que se pretende con una iniciativa legislativa popular o de los Ayuntamientos de este tipo, sino que se admite a trámite, y luego, eso sí, por nuestra parte debe tramitarse como cualquier otra ley, como cualquier otra iniciativa legislativa de las cuatro que se contemplarán cuando, si, efectivamente, se aprueba el texto legislativo. Es decir, sin más ni menos requisitos que otro tipo de iniciativas.

Por lo tanto, nosotros no estamos ni mucho menos en desacuerdo con que existan este tipo de cautelas en nuestra legislación de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, que, por otra parte, también existen en otro tipo de iniciativas, porque usted sabe igual que yo que en cuestiones de iniciativas legislativas presupuestarias estas Cortes tienen bastantes límites por el hecho de que la iniciativa en materia presupuestaria y del plan anual económico, lógicamente, corresponde esa iniciativa al propio Gobierno Regional.

Entonces, es perfectamente lógico y asumible que si estas mismas Cortes tienen ese tipo de límites, no sólo con ese tipo de cuestiones que sirvan de ejemplo, sino con otros, pues que también se establezcan ese tipo de límites, perfectamente lógicos y homologables -ya digo- no sólo a la Ley estatal, sino a las leyes de este tipo de cualquier Comunidad Autónoma, también para este tipo de iniciativas ciudadanas, porque usted sabe igual que yo que, lógicamente, existirían algún tipo de iniciativas, como pueden ser las de índole tributario de supresión de impuestos, que, efectivamente, pues se podría dar un clima de simpatía en estas cuestiones y que, lógicamente, como... repito, tienen que estar excluidas de la iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos.

Pero es que, además, en los objetivos que usted... que usted ha citado, yo no veo que... en los objetivos que se establecen en su propuesta de modificación de la Exposición de Motivos no sean perfectamente equiparables a los objetivos que establece esta Ley. Y leo textualmente esos objetivos que usted establece en su enmienda a la Exposición de Motivos, en el párrafo octavo de la misma. Dice que "La presente Ley tiene por objeto el desarrollo, dentro del marco constitucional y estatutario, de una política institucional participativa, estableciendo los cauces para que los ciudadanos y los municipios accedan a la iniciativa legislativa. La Ley regula su ejercicio garantizando el oportuno equilibrio entre el respeto a los legítimos representantes de la voluntad popular y la articulación de una vía o forma complementaria para la proposición de normas que enriquezcan la vida pública de la Comunidad Autónoma de Castilla y León".

Este objetivo, que usted ha tratado entre los objetivos de la Ley, yo creo que es perfectamente equiparable y perfectamente asumible por el texto legislativo de la Proposición de Ley que hoy se presenta. Y, por lo tanto, no veo ninguna diferencia en cuanto a los grandes objetivos generales.

En cuanto a la otra Enmienda que usted se ha referido, que es la relativa... la número 3 al Artículo 3, en la que ha puesto -por así decirlo- un límite más bajo a la representación de los Ayuntamientos exigible en lo que se refiere a la iniciativa propia de las Corporaciones Locales, le tengo que decir que, efectivamente, dado el número de Ayuntamientos que existen en nuestra Comunidad Autónoma, dado la heterogeneidad en cuanto a la cuantía y a la población de los mismos, es perfectamente equiparable, como se contiene... y perfectamente homologable, e incluso rebaja sustancialmente las pretensiones en cuanto a iniciativas de Ayuntamientos contenidas en otras Comunidades Autónomas, las que se contienen aquí en esta Ley. Es decir, treinta y cinco Ayuntamientos significa el 1,5% de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma, nada más; el 1... Y, lógicamente, sin hacer mención a la población de los mismos, porque usted sabe igual que yo que en este mismo artículo se contiene una rebaja en cuanto a los Ayuntamientos en cuanto a su población; es decir, se deja en diez Ayuntamientos única y exclusivamente si agrupan, lógicamente, treinta mil electores, que es lo que se exige en la iniciativa legislativa popular. Es decir, diez Ayuntamientos cuyo censo sea de treinta mil electores, cuando existen más de dos mil doscientos Ayuntamientos en nuestra Comunidad Autónoma, no nos parece una restricción demasiado importante que el 1,57%, exactamente, de los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma puedan tener iniciativa legislativa popular.

¿Y no rebajarlo al 1%? Bueno, pues eso es cuestión meramente aritmética y discutible. Pero que no es una barrera infranqueable que el 1,5% de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma tengan que sumarse para tener derecho a esta iniciativa.

Y si lo rebajamos a los diez Ayuntamientos que se piden para los treinta mil electores, resulta que es menos del 0,5% de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma que agrupados pueden tener iniciativa legislativa.

Nosotros creemos que no es descabellado pensar que solamente el 0,5% de los Ayuntamientos que en su conjunto agrupen treinta mil electores tengan esta... esta iniciativa legislativa. ¿Que haya que rebajarlo más? Pues posiblemente, como usted hace al poner sólo en vez de diez Ayuntamientos de veinte mil, seis Ayuntamientos. Bien. Pero que digo que, en este sentido, y lo que le quiero... lo que le quiero demostrar, creo que las diferencias que nos separan no son desde ningún punto de vista notables, son meramente aritméticas. Y que la barrera que se ha puesto por parte de los Proponentes de esta Ley es lo suficientemente baja para que otros Grupos de esta Cámara se pudieran unir -como le he dicho-, no sólo por la aprobación de prácticamente la mitad de las enmiendas que usted ha presentado en este... en este clima de flexibilidad que creemos que debe presidir esta Ley, para que se pueda unir también su Grupo y su formación política a esta... a esta iniciativa legislativa, no sólo digo de los electores, sino también de los Ayuntamientos.

Y, en principio, nada más, señora Presidenta.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. Para un turno de réplica, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señora Presidenta. Bien. Fíjese, voy a empezar por la parte esta final que decía que en la Exposición de Motivos se plantean conceptos o criterios que, lógicamente, no difieren de manera sustancial. Bueno, yo creo que es lógico, porque es evidente que lo que se pretende por todas las partes es poner en marcha un procedimiento de iniciativa legislativa popular y la de los Ayuntamientos. No podía ser de otra manera.

Pero eso no puede utilizarlo como argumento básico para decir "las diferencias que nos separan no son extraordinarias". ¡Claro que no son extraordinarias!, ¡claro que no son extraordinarias! Yo creo que son perfectamente asumibles. No voy a decir aquello de que vamos a partir la diferencia, porque todavía me parece una cifra muy alta el que se pudiesen hacer un planteamiento de veinticinco mil firmas. Es que no vale ese porcentaje, esos porcentajes que usted está planteando. Es que usted no se ha visto nunca inmerso, metido en esa vorágine. Y es probable que desde el punto de vista de un Grupo Parlamentario o de un Grupo Político Mayoritario como son en este caso ustedes, pues a lo mejor es tan sencillo decir: "bueno, pues ponemos un pliego de firmas en una calle y se va llenando él solo".

Yo le aseguro que el número de firmas que Izquierda Unida tenía como compromiso para recoger en la Comunidad Autónoma en la iniciativa legislativa de las treinta y cinco horas por Ley eran de diecinueve mil firmas, conseguimos veintitrés mil firmas después de tres meses trabajando arduamente, pero trabajando a tope, y para una cuestión que entendíamos que tenía, además, un efecto publicitario, que no estaba restringido exclusivamente al ámbito de nuestra Comunidad.

Nuestra Comunidad no es equiparable en muchas cosas a otras Comunidades, no es equiparable. Hablamos siempre de la extensión, de la demografía, pero no es equiparable tampoco desde el punto de vista de la motivación política por unas u otras razones, por unas u otras circunstancias. Si hacemos el análisis histórico de algunas Comunidades, tienen un bagaje bastante más amplio de motivación, de movilización política, de sensibilidad política, que no tiene esta Comunidad. Y esto es un obstáculo añadido. Y a esos obstáculos añadidos son, precisamente, a los que nos referimos nosotros cuando decimos: facilitemos, simplifiquemos las cosas de tal manera que permita que cada vez haya una mayor motivación, una mayor preocupación política, una mayor sensibilidad, que, lógicamente, como nosotros lo vemos desde el punto de vista positivo y no con esa especie de paranoia que se produce en la mayor parte de las cuestiones... no me negarán que cada vez que llega una historia desde las... desde la ciudadanía a las Administraciones casi casi se mira como diciendo "¿qué querrá éste?".

Bueno, pues nosotros no somos ni más ni menos que administradores legislativos, en un caso, o administradores ejecutivos, en otro caso, de lo que son las necesidades, los deseos de la ciudadanía. Por tanto, yo creo que a eso hay que, simplemente, dar respuesta y entender que lo que debe hacer es, a nuestro juicio, facilitarse, y facilitarse de manera extraordinaria.

Fíjese, diría más: yo les cuento una anécdota -ésta no me voy a atrever a contarla en Pleno, pero aquí sí que me voy a atrever-: Izquierda Unida no tenía Grupo Parlamentario presente en estas Cortes, y en un momento determinado a mí se me ocurrió la simple idea de sugerir la posibilidad de que yo pudiese acceder a estas Cortes como oyente a escuchar cómo eran las reflexiones, los análisis, los debates que se presentaban ante diversas cuestiones. Yo le puedo decir que obtuve la respuesta de una persona en el sentido de "hombre, es que si abrimos la puerta a todo el mundo al final se degrada la función de las Cortes". Bueno, el sentimiento de frustración que tuve con aquella respuesta no se puede hacer nadie la idea, porque era, además, alguien que estaba implicado políticamente, y no desde hacía unos días, sino desde hacía mucho tiempo, aunque no tuviésemos todavía el apoyo popular suficiente como para estar en estas Cortes.

Bueno, pues yo creo que eso lo deberíamos de intentar resolver. Si me dicen ustedes que por limitación de espacio, diría: de acuerdo. En este castillo no se reúnen las condiciones y, entonces, por razones de espacio lo podemos entender. Pero por razones de participación democrática no lo puedo entender.

Y es por eso por lo que nosotros seguimos insistiendo en que es posible llegar a plantear esa posibilidad de ver si somos capaces de llegar a algún acuerdo de esta naturaleza.

Yo, por otra parte, le diría que, si hace el favor, me repite las enmiendas parciales que son aceptadas por su Grupo o por los Grupos Mayoritarios, y rogaría que no fuesen tantas, que fuesen unas pocas menos, porque entonces me van a quitar minutos de participación en el Pleno.

(Risas.)


EL SEÑOR HERREROS HERREROS: Y

Y a lo mejor necesitaba más tiempo para hacer algún tipo de explicación. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Herreros. Para dúplica, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señora Presidenta. Y comenzando por la petición de don Antonio Herreros, voy a repetir las que... las enmiendas en que los Grupos Mayoritarios estamos de acuerdo en aceptarle en lo que se refiere a esta Proposición de Ley: la número 4, 5, 6, 7, 8, 9 -o sea, de la 4 a la 9, ambas incluidas-, la 11, 12 y 19. Éstas son las que, en principio, hemos acordado que podrían garantizar su participación en la elaboración del texto final de esta... de esta Proposición -como le he dicho-, no sólo en la cuestión... y en aras a la flexibilidad del mismo, que por parte de estos Grupos siempre se ha demostrado, sino también -como le he comentado con anterioridad- en la consideración y el estudio que vamos a tener de otras cinco de las enmiendas que usted ha presentado, puesto que creemos que pueden aportar, bien directamente o bien a través de algún tipo de transacción, también por parte de su Grupo, enriquecimiento al texto legislativo final.

Sin embargo -como le he dicho-, tanto las referidas al Artículo 2 y 3, respectivamente Enmiendas 2 y 3, pues no estaríamos frontalmente en contra del número absoluto; pero sí que -como le he comenzado diciendo, señor Herreros, en mi primera intervención- para ponerse de acuerdo todas las partes tienen que flexibilizar sus posturas. Es decir, nosotros hemos llegado con el Grupo Socialista a un acuerdo de mínimos, y queremos también llegar con usted a un acuerdo de mínimos en que ni por parte de unos ni por parte de otros se imponga de una manera literal el pensamiento sobre esta materia determinada.

Y, por lo tanto, en lo que se refiere a las firmas, yo pensaba que usted sí que sería flexible en esta materia en el sentido de que, como ha comenzado hablando de que veinticinco mil firmas en vez de las treinta mil que proponen... que proponíamos nosotros, o las veinte mil que proponía usted, veinticinco mil, digo, pues, a lo mejor, algún acuerdo en este sentido se puede alcanzar. Pero es que en el remate de su intervención me ha dado a entender que, prácticamente, con que una persona no se sienta satisfecha en lo que se refiere a esta recogida de firmas, en el sentido de que tendría que rebajarse mucho más la cuantía, no podríamos llegar a ningún acuerdo en este sentido.

Lo que sí que le quiero decir es que, si su preocupación es la participación democrática, yo creo que esa preocupación se debe disipar rápidamente, porque la participación democrática está garantizada perfectamente en estas Cortes. Y la participación democrática del electorado directamente, que es lo que pretende regular este texto, está totalmente garantizada, porque solamente se exige el 1,2% del censo electoral para que se pueda llevar a cabo esta iniciativa. Cuando usted sabe igual que yo que para tener representación en estas Cortes los Grupos Políticos se nos exige un mínimo de un tanto por ciento superior al 1% -y usted lo sabe-, que es del 5%; y en otras Comunidades Autónomas, del 3%.

Por lo tanto, en lo que se refiere a la representación directa, sería mucho más flexible esta Ley que lo que es la democracia representativa en estas Cortes, en el que se exige un quantum superior a las firmas de electores que directamente están interesados por una cuestión. Y, por lo tanto, yo no veo obstáculos en que esa participación pueda oscilar con la media de las otras Comunidades Autónomas: del -ya le he dicho- 0,6% que hay en unas, sin pretender ser exhaustivo desde el punto de vista aritmético, al más del 2,5% que hay en otras. Aquí se ha establecido una cifra intermedia, perfectamente homologable, del 1,2% el electorado; que ya digo que creo que no supone ningún obstáculo para la participación directa, cuando la participación en estas Cortes de Grupos Políticos organizados es el... el obstáculo -por así decirlo, en sus mismas palabras- que se le pone al Grupo Político es superior en número y en votos.

En lo que se refiere, por tanto, al... bueno, no voy a hacer referencia al objetivo, porque le he dicho el objetivo marcado por usted mismo en la Exposición de Motivos. Pero en lo que se refiere... y no me... en este sentido, tampoco ha dicho nada en la representación que se exige a las... a los Ayuntamientos... de diez Ayuntamientos, pues, lógicamente, se ve incluso rebajado sensiblemente de la cuestión.

Y en lo que... la última cuestión a la que usted ha hecho brevemente referencia, que es en la aportación económica, pues le tengo que decir que, igualmente que en otras cuestiones y con un criterio de flexibilidad en la materia, lo que se ha hecho es poner una cifra intermedia al alza de lo que se perciben por estos mismos conceptos en otras Comunidades Autónomas, sin que se haya cifrado... sin que se haya cifrado en un... en una cantidad firma a firma, para tampoco dar la impresión que, cuanto más firmas se recogen -que no es la intención, estoy seguro, de nadie-, más cantidad económica percibe la Comisión Promotora. Es decir, se cifra en un tanto alzado y no en un tanto por firma. Y el tanto por firma que se fija es -como digo- homologable a otras Comunidades Autónomas, tirando al alza en las cantidades que están -como digo- contempladas en otras leyes autonómicas de la materia. Nada más y muchas gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Gracias, señor Vázquez. En turno de fijación de posiciones, ¿algún Grupo desea intervenir? Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Votos... abstenciones? Votos emitidos: quince. A favor: uno. En contra: catorce. Queda rechazada la Enmienda.

Pasamos a debatir la Enmienda número 1 de los Procuradores don Joaquín Otero Pereira, don José María Rodríguez de Francisco y doña Daniela Fernández González. Para un turno a favor, señora Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señora Presidenta. Las damos por defendidas, y las mantenemos para el Pleno en los mismos términos. Gracias.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Para consumir un turno en contra...


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Gracias, señora Presidenta. Las damos por rechazadas.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Procedemos a la votación de la Enmienda. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. A favor... Votos emitidos: quince. Votos a favor: uno. Votos en contra: catorce. Ninguna abstención. Queda rechazada la enmienda.

Procedemos a votar el Artículo. ¿Votos a favor del Artículo? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 2.

Artículo 3. Enmienda número 3 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor de la Enmienda número 3? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 2 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo número 3. ¿A favor del... votos a favor del Artículo número 3? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo número 3.

Artículo número 4. Enmienda número 2 de los Procuradores don Joaquín Otero, don José María Rodríguez y doña Daniela Fernández. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 4 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Quince. Se aprueba la enmienda.

Enmiendas números 3 y 4 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. Votos emitidos: catorce. Un voto a favor... perdón. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo 4. ¿Votos a favor del artículo? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 4.

Artículo 5. Enmienda número 6 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 5 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento?

Votamos el Artículo 5. Votos a favor del Artículo 5? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 5.

Artículo 6. Enmienda número 6 del Procurador Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Catorce... quince. Se aprueba por asentimiento.

Votamos el Artículo 6. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 7. No subsisten enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 8. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 9. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 10. Enmiendas números 7, 8 y 9 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento? Así mismo, se aprueba el artículo por asentimiento.

Artículo 11. Enmiendas números 10 y 11 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a...? Votación separada de la 10 y la 11. Puesto que la 11 es aceptada, se aprueba por asentimiento. Votamos la 10. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la Enmienda número 10.

Votamos el Artículo número 11. ¿A favor del artículo? Catorce. ¿En contra? Ninguno. ¿Abstenciones? Una. Votos emitidos: quince. Catorce votos a favor. Ninguno en contra. Y una abstención. Queda aprobado el Artículo 11.

El Artículo 12... no se han presentado enmiendas al artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 13. Enmienda número 12 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Se aprueba por asentimiento? Igualmente, se aprueba el artículo por asentimiento.

Enmienda número 13 del Procurador don Antonio Herreros, que propone la incorporación al Proyecto de Ley de un nuevo Artículo 13.bis. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Catorce votos a contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Artículo 14. No se han presentado enmiendas al artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 15. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 16. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 17. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 18. Enmienda número 9 del Procurador don Juan Carlos Rad. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: quince. Un voto a favor. Catorce en contra. Queda rechazada la enmienda.

Votación del Artículo 18. ¿Votos a favor? Catorce. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince votos emitidos. Catorce a favor. Uno en contra. Queda aprobado el Artículo 18.

Artículo 19...


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Señora Presidenta, una cuestión de orden. Usted ha citado que al Artículo 15 no había ninguna enmienda. Nosotros tenemos recogida la Enmienda número 8 de don Juan Carlos Rad, que habíamos anunciado la intención de rechazar.


LA SEÑORA PRESIDENTA (SEÑORA HERNÁNDEZ CANDEAL):

Artículo 15... ¿Podemos continuar?

Artículo 19. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Artículo 20. No se han presentado enmiendas a este artículo. ¿Se aprueba por asentimiento?

Enmienda número 14 del Procurador Antonio Herreros, que propone incorporación al Proyecto de Ley de un nuevo Artículo 20.bis. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Catorce. ¿Abstenciones? Ninguna. Quince... perdón. Votos emitidos: dieciséis. Catorce a favor. Uno en contra... Catorce en contra... Quince. Ustedes perdonen. Quince a favor... No, quince en contra. Uno a favor. Queda rechazada la enmienda.

Artículo 21. Enmienda número 15 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos en contra. Un voto a favor. Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas número 10 y 8 del Procurador don Juan Carlos Rad, agrupadas... 10 y 8; son dos enmiendas distintas, agrupadas. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince votos en contra. Quedan rechazadas las enmiendas.

Votamos el Artículo 21. ¿A favor? ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor. Uno en contra. Queda aprobado el artículo.

El Artículo 22, ¿se aprueba por asentimiento? Hay una enmienda... ¡Ah!, Enmienda número 16 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor de la enmienda? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince contra. Queda rechazada la enmienda.

Votamos el Artículo 22. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor. Un voto en contra. Queda aprobado el artículo.

Disposición Adicional. Enmiendas números 17 y 18 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor. Quince votos en contra. Quedan rechazadas las enmiendas.

Votamos la Disposición Adicional. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor, un voto en contra, ninguna abstención. Queda aprobada la Disposición Adicional.

Enmienda número 19 del Procurador don Antonio Herreros. ¿La aprobamos por asentimiento?

Pasamos a la Disposición Final Primera. No se han presentado enmiendas a esta Disposición. La aprobamos por asentimiento.

Disposición Final Segunda. No se han presentado enmiendas a esta Disposición.

Exposición de Motivos. Enmienda número 1 del Procurador don Antonio Herreros. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Quince. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Un voto a favor, quince en contra. Queda rechazada la Enmienda.

Votamos la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ninguna. Votos emitidos: dieciséis. Quince votos a favor, uno en contra. Queda aprobada la Exposición de Motivos.

Título de la Proposición de Ley. No se han presentado enmiendas al Título de la Proposición. Queda aprobada por asentimiento.

Concluido el debate de la Proposición de Ley reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretendan defender ante el Pleno, finalizará el próximo viernes día diecinueve de junio. Se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las doce horas veinticinco minutos.)


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